¿De dónde salen nuestro nombre y apellido? ¿Se pueden cambiar?

Recuerdo que cuando comencé con mis primeras columnas jurídicas de radio, en las que iba tocando distintos temas, un día decidí hablar de nuestra ley sobre el nombre y apellido y confieso que no pensaba que fuera a interesar demasiado a los oyentes.

Para mi sorpresa fue uno de los temas que más comentarios generó, lo que se ha reiterado las veces en que lo volví a tocar y lo que me impulsó a tratarlo hoy aquí.

Debo empezar diciendo que tenemos una ley específica que regula todo lo relativo al nombre y apellido, que es bastante minuciosa y es de junio de 1969 (dictada por Onganía, una verdadera ironía que el principal aspecto de la identidad de las personas esté regulado por una ley de facto).

Empezando por el nombre de pila, vale como curiosidad destacar que hasta el año 1984, hacer relativamente poco, lo elegía en primer lugar el padre; desde ese año- cuando se dictó la ley de Patria Potestad que igualó derechos de padres y madres- lo elijen entre ambos y sólo a falta, impedimento o ausencia de alguno de ellos lo elige el otro y a falta de ambos, la persona que hubieren autorizado y si no, ya entra el Estado.

Una vez más, nuestra ley es excesivamente intervencionista y nos quita libertad para elegir libremente los nombres, estableciendo reglas bastante estrictas (les sugiero leer la historia sobre ésta cuestión que cuento al final).

De esa manera no pueden inscribirse nombres extravagantes o ridículos (Júpiter, María Tranquila), contrarios a nuestras costumbres, dudosos respecto al sexo (Andrea, Crisitian, aunque sí José María, Luis María o María José) o que expresen tendencias ideológicas (Ateo).

Tampoco se pueden poner nombres extranjeros, salvo que estén castellanizados por el uso o sean los nombres de los padres y siempre que sean de fácil pronunciación, lo que en mi opinión es claramente inconstitucional y contrario al generoso llamado que hace la Constitución Nacional a todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino.

La ley también prohíbe poner apellidos como nombres de pila y poner primeros nombres idénticos a hermanos vivos, aunque esto último evidentemente no se cumple (las Trillizas de Oro se llaman todas María), ya que en ese caso no hay lugar a equívocos (además de que el empleado del Registro Civil no tiene forma de chequear si hay otros hermanos y como se llaman).

Sí puede ponerse el mismo nombre de un hermano muerto.

Finalmente, no se pueden poner más de tres nombres de pila, lo que sí se cumple (aunque últimamente parece irrelevante porque pareciera que la mayoría de los padres está optando por ponerle un solo nombre de pila a su hijo).

Vamos ahora a la parte más interesante, la del apellido.

¿Qué reglas se siguen para decidir el apellido de una persona?

Para la ley depende de si son hijos matrimoniales o extramatrimoniales (como los de una madre soltera o un concubinato).

Los hijos matrimoniales llevan el primer apellido del padre y a elección de ambos padres puede agregarse como segundo apellido del hijo el segundo del padre o el primero de la madre (recordemos brevemente que en esta parte de la ley hubo un agregado con motivo de la reciente ley que incorporó el matrimonio homosexual, cosa que tratamos en el artículo anterior).

En el caso de los hijos extramatrimoniales hay algunas vueltitas más complicadas.

Si el hijo es reconocido por los dos padres simultáneamente lleva el apellido del padre y puede agregar el de la madre, igual que en el caso anterior.

Si es reconocido primero por el padre tampoco hay problemas y se sigue el mismo mecanismo.

En cambio, si el hijo es reconocido primero por la madre y después por el padre, se puede complicar un poco porque si bien se sigue con el mismo principio, si el chico fuese públicamente conocido por el apellido de la madre, puede pedir autorización judicial para mantenerlo.

En caso de que los padres le hayan puesto un solo apellido, el propio hijo tiene la opción de agregarse el segundo (el segundo del padre o el primero de la madre) después de los 18 años, aunque hay una diferencia si el hijo es matrimonial o extramatrimonial.

En el primer caso puede agregarse el segundo apellido en cualquier momento de su vida, pero en el primer caso solo tiene dos años desde que cumplió los 18 o desde que lo reconoció el padre si el reconocimiento fue posterior.

Esta diferenciación me parece una discriminación claramente inconstitucional y no dudo que ante el primer planteo cualquier juez va a pensar lo mismo.

En cualquiera de estos casos, el segundo apellido agregado no puede ser suprimido.

La ley tampoco se olvida de los hijos adoptivos y les da la opción a los padres adoptantes a que agreguen el apellido de origen del menor, opción que el propio hijo puede ejercer desde los 18 años.

Una curiosidad de la ley: permite a toda persona mayor de 18 años que no tenga apellido a pedirle al Registro Civil que lo inscriban con el que viene usando.

Las mujeres casadas, ¿deben agregar el apellido del marido?

No. Es optativo y la mujer puede elegir usarlo -en cuyo caso debe agregarle la preposición “de”- o no usarlo (hace un tiempo éste gobierno anunció que iba a introducir ésta opción, que en realidad fue incorporada por la ley de divorcio en 1987, en lo que fue un gran “blooper” jurídico).

El divorcio hace perder lógicamente el derecho de la mujer a usar el apellido de su marido, aunque la ley da la posibilidad de que lleguen a un acuerdo o incluso que pida judicialmente mantenerlo cuando es conocida públicamente con él (es el caso de muchas artistas, empresarias, políticas, etc.).

Y ahora, gran pregunta gran: ¿Se puede cambiar libremente el nombre o apellido?

Lamentablemente en nuestra legislación no.

La regla es la inmutabilidad del nombre, es decir, la imposibilidad de cambiarlo.

La única excepción es a través de una decisión judicial cuando hay “justos motivos” (textual de la ley), expresión que ha sido interpretada en forma muy limitada por la Justicia.

Sólo se han admitido cambios cuando el nombre era ridículo o de muy difícil pronunciación, en cuyos casos se los adaptó pero no se los cambió. También en casos de errores de redacción al hacer el acta, pero no muchos más.

Me gustaría terminar contándoles una experiencia personal vinculada a este tema.

Mi esposa y gran parte de su familia son extranjeros (de Macedonia, uno de los países de la ex Yugoslavia) y una de las cosas que más les llamó la atención –entre las muchísimas que hubo y que me permiten vivir una experiencia cultural formidable- fue, justamente, la imposibilidad de cambiar el nombre y el apellido cuando en su país pueden hacerlo libremente, las veces que quieran y en forma administrativa.

Ante la instintiva defensa de nuestra ley que asumí (sin demasiados argumentos, confieso) y mi inmediata acusación (“ustedes están locos” les dije), ellos me explicaron –no sin antes devolverme gentilmente la acusación- que nosotros somos la excepción y que en el mundo la regla es la libertad.

Así me puse a investigar un poco, lo suficiente como para demostrarles que estaban equivocados y que yo, como buen argentino, estaba en lo cierto.

Ahí descubrí que …tenían razón!

En la mayoría de los países eslavos y sajones y varios europeos se puede cambiar libremente el nombre o el apellido y sólo conservan un número de identificación, algo así como nuestro DNI.

Desde que empecé a fijarme en las películas o series americanas me cansé de ver escenas en las que la gente cambia libremente su nombre o apellido o se habla sobre ello.

La verdad es que a mí me pasó que, una vez superado el cimbronazo cultural, me dí cuenta que la libertad es totalmente lógica y que mientras la identificación esté asegurada y las sanciones por falsificaciones sean ejemplares no tiene que haber ningún problemas (de hecho, a pesar de nuestras muchas regulaciones seguimos teniendo graves problemas de falsificación de identidades).

Hoy me tocó hacer un artículo en parte jurídico y en parte anecdótico pero creo que el tema era interesante y valía la pena y espero que lo hayan disfrutado.

Hasta la próxima…

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27 respuestas to “¿De dónde salen nuestro nombre y apellido? ¿Se pueden cambiar?”

  1. Monica Batista Says:

    me encantan sus art. y los tengo todos guardados.

    pero mi pregunta inicial no me la contesto,solo necesito un si o no.

    no pretendo me solucione el interrogante sin consulta personal,pero,si para saber si tengo alguna pocibilidad de defensa o amparo juridico.

    ¿ Se puede vender de forma legal un inmueble del cual no puedo sacar escritura(por que el banco hipotecario no la va a otorgar) ?

    muchos cariños atte Monica

  2. MIRTA A. MANGANO Says:

    Gracias Ramiro,realmente creo que es una estupidez mas de nuestra querida «justicia argentina»(hay agujeros negros por todos lados y no soy abogada)Hace 3 años tuve la intencion de agregarme el apellido de mi mama, simplemente porque me gusta y no es comun, pero me vi TAN …PERO TAN IMPEDIDA, que me tuve que conformar con el que vivi toda mi vida, pero entre nosotros no suena lindo MIRTA ALICIA MANGANO ABOY, para mis oidos es musica y me recuerda mis raices y los ejemplos de vida de mi familia, paterna y materna, me parece que es suficiente razon,no te parece??Te mando un besote y a tu esposa.

  3. Esteban Says:

    Que tal. Le cuento que también hay nombres que son apellidos como el mio.
    El principio de perpetuidad del nombre no creo que sea un tema de intervencionismo, sino simplemente un asunto cultural que todos aceptan, por lo tanto no creo que seamos menos libres que otros, o por lo menos creo que la libertad pasa por temas más tracendentales.

  4. Cristina Says:

    Hola, Ramiro!! Muy interesante la nota sobre nuestra identidad!! Pero te consulto algo: soy hija de padres divorciados. A mi padre no volví a verlo, de esto 30 años. Siempre utilicé el apellido de mi mamá para cualquier tipo de presentación, salvo cosas formales. Y a los 25 ( hoy tengo 40) solicité la adición legal del apellido materno. Ahora tengo los dos. Mi pregunta es la siguiente: yo deseo quitarme el apellido paterno, ya que sólo lo uso para cuestiones » oficiales». Teniendo en cuenta que en lo personal me resulta ofensivo que se me relacione con un estafador (no es un apellido muy común) y dado que no tengo contacto con nadie de esa familia desde hace más de treinta años, ¿existiría la posibilidad de solicitar la modificación legal del DNI? Muchas gracias por tus columnas que son superinteresantes!!!

  5. Aída Says:

    Gracias Sr Rech, guardo todos los artículos para reapasarlos cuando surgen dudas. Áída

  6. silvio Says:

    hola doc. me sorprendi por la cantidad de personas con problemas de apellido,pero digo que en honor a la igualdad de derechos estoy en un todo de acuerdo que los hijos lleven el apellido de ambos padres,sacar definitivamente el machismo que, sobre la mujer,impuso el hombre,bien sabes que en nuestra historia como pais hay sobrados ejemplos,reflejados en lo juridico y en la practica,recuerdo un ejemplo que simplifica todo,el voto femenino 23 de septiembre de 1947;no me satisface que las personas
    se cambien el apellido como uno se cambia la ropa,mas alla que,a futuro las personas entren en conflicto entre si y por una razon valedera se deba cambiar el,o los, apellidos,o aceptaria que lograda la mayoria de edad( segun la legislacion argentina 18 o 21 ??,aqui aparece una contradiccion para ejercer el voto elegir autoridades que administraran el estado en sus distintos estratos ,nacional, provincial o municipal,con 18 años alcanza,para ejercer el comercio debes tener 21 años)mayoria de edad,retomo el parrafo,pueda la persona decidir cambiar el apellido,y ejercer a pleno su libertad ,de todas maneras nadie va a poder cambiar lo que llevamos «impreso» en nuestro adn,EL APELLIDO CIENTIFICO DIGO YO.saludos doc atte Silvio

  7. maira Says:

    hola doc…muii buenas sus palabras…la verdad q a mi me encantaria poder cambiarme el nombre por ser igual a mi apellido pero con una letra de diferencia..es algo q me encantaria poder hacer pero no como….segun por lo q dicen en la justicia argentina no se pueede cambiar..pero bue es algo q me gustaria mucho por una cuestion de coherencia..y pienso q por lo menos una vez tendria q poder existir una posibilidad de poder cambiarlo..no entiendo si se es mayor con 18 o 21??siendo de cualkiera de las dos maneras pienso q por una unica vez tendria q existir esa posibilidad…saludos atte maira…

  8. Adolfo Says:

    Hola doc. solo una consulta. Me podrás contestar al mail, gracias. Me hicieron juicio por paternidad y salió positivo. Entonces me obligaron a inscribirla a la nena, pero cuando hicieron el dni de ella, le colocaron mi apellido. Ahora la madre no quiere que lleve mi apellido y buscó un amparo de indentificación y pudo cambiarle el apellido nuevamente. eso se puede hacer sin mi autorización??? No quiere que lleve mi apellido pero quiere que le siga pasando la cuota alimentaria. Como es el tema?? Mila gracias. Muy bueno lo suyo. Adolfo

  9. mario Says:

    Quiero preguntar algo muy simple como debo actuar para agregar en mi el apellido materno. Mis padres fueron casados en primeras nupcias y asi terminaron sus días. Es posible con mi edad agregar en mis papeles el segundo apellido?

    GRACIAS MARIO
    P.D. Se debe realizar algun paso legal …. GRACIAS

  10. claudia Says:

    Buenas tardes tengo una inquietud y me urge tener una pronta respuesta mira yo estoy por tener mi primer hijo y mi pareja no marido quiere ponerle su segundo apellido el apellido de su madre en ves del primero que es el de su padre por problemas con el, y yo me opongo rotundamente y quiero saber si el puede hacer eso de ponerle su segundo apellido en ves del primero o si el se puede cambiar sus apellidos espero entiendan mi situacion y me den una pronta respuesta mil gracias.
    saludos

  11. Adrian Says:

    Estimado:
    Di con tu página buscando info sobre el tema que justamente vos escribís.
    Tengo una duda: vos decís, que a partir de los 18 años, los hijos matrimoniales pueden agregarse: 1. El segundo apellido del padre o 2. el apellido de la madre.
    He visto por ahí que lo que puede hacer con respecto al apellido paterno es adicionar el segundo apellido paterno en caso de que el apellido paterno fuese compuesto (o sea dos apellidos que forman parte de la línea paterna). Pero que no se podría agregar como «segundo apellido del padre» el apellido de la que en este caso sería, la abuela paterna. ¿Es así tan clara la cuestión?? O sí se puede adicionar al propio apellido el apellido de la madre del padre??? Soy claro??
    Gracias!!!

  12. julio Says:

    Artículo 4° – Los hijos matrimoniales de cónyuges de distinto sexo llevarán el primer apellido del padre. A pedido de los progenitores podrá inscribirse el apellido compuesto del padre o agregarse el de la madre. Si el interesado deseare llevar el apellido compuesto del padre, o el materno, podrá solicitarlo ante el Registro del Estado Civil desde los DIECIOCHO (18) años. Los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos. A pedido de éstos podrá inscribirse el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregarse el del otro cónyuge. Si no hubiera acuerdo acerca de qué apellido llevará el adoptado, si ha de ser compuesto, o sobre cómo se integrará, los apellidos se ordenarán alfabéticamente. Si el interesado deseare llevar el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido, o el del otro cónyuge, podrá solicitarlo ante el Registro del Estado Civil desde los DIECIOCHO (18) años.
    http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/120325/texact.htm

  13. cristina Says:

    hola, me parecen muy buenas tus apreciciones. CREO QUE ASI COMO SE HA AVANZADO EN MUCHOS TEMAS EN NUESTRA LEGISLACION, ES HORA QUE SE LES PERMITA A AQUELLOS HIJOS QUE NO HAN VUELTO A VER A SU PADRE POR 10, 20 O 30 AÑOS O MÁS Y QUE NUNCA SE INTERESÓ POR SUS HIJOS, QUE ESTOS PUDAN SACARSE ESE APELLIDO CON EL QUE SOLO SE UNEN FORMALMENTE.

  14. Sofia Says:

    Hola Doc. muy interesante el articulo y de hecho me es muy util en este momento. Mi duda es la siguiente:en mi caso tengo tres nombres, de los cuales hay dos que desearia quitarmelos. Necesitaria saber si existe tal posiblilidad.

    Muchas gracias y espero su respuesta.

  15. ana Says:

    Hola,, Yo tengo 18 años de edad desde los 4 años deje de ver ami PAPA! se fue sin decir nadaaa, y NUNQA VOLVI A SABER DE EL, y mi mama se caso ya lleba 8 años de matriimonioo y el esposo de mi mama me quieree poner su apellidoo,y quiero saber si aun se puede hacer y que necesito espero su pronta respuesta Graciias

  16. ale Says:

    hola ramiro mi pregunta es tengo 3 hijos el papa es boliviano y no tiene el dni solo la precaria con eso lo puede reconocer? cuando yo lo anote en el registro civil le puse el apellido de el pero si nro de documento ke debo hacer??? y el tiene la radicacion temporaria si tiene hijos argentinos puede tener el dni argentino y difinitivo?? mil gracias te llene de preguntas

  17. MARÍA VERÓNICA CAHILL Says:

    DESEARÍA AGREGARME EL APELLIDO DE MI ABUELA PATERNA, ES DECIR LLEVAR LOS DOS APELLIDOS DE MIS ABUELOS PATERNOS. PERO MI PAPÁ SOLO TIENE EL DEL PADRE. ¿PODRÍA IGUALMENTE AGREGARME UN SEGUNDO APELLIDO SIEMPRE LÍNEA PATERNA?

  18. Gabriel Says:

    En mis documentos estoy inscripto con dos apellidos, el paterno y el materno. Cuando nacieron mis hijos, decidimos anotarlos sólo con mi apellido paterno. Cuando crecieron y siendo adolescentes, ellos querrian tener ambos apellidos, es decir, recuperar mi apeliido materno, el cual yo sigo conservando pero ellos no «heredaron». Es esto posible? En caso afirmativo, qué trámites debemos realizar? Muchas gracias!

  19. claudia Says:

    hola quisiera saber si cabe una pequeña posibilidad de cambiar el nombre a mi bebe de dos meses. el motivo es un poco largo de contar. Amo a mi hijo querido, pero no me gusta su nombre en absoluto. siento que va a ser producto de burls (en su momneto no me di cuenta) Mi esposo y yo discutimos todo el tiempo que estaba embarazada. Yo quería otro nombre, pero alguien tenía que ganar y, obviamente, no era yo. Desde que nació he estado muy deprimida por su nombre. También estoy muy enojado con mi marido, esta situacio ha puesto espacio entre nosotros y ha estado causando un montón de problemas emoconales en mi. Mi hijo es perfecto para mí y quiero que tenga un nombre que su mamá le encanta. ¿Puedes por favor ayudarme y me diga lo que debo hacer al respecto?

  20. Olguizx Says:

    ps y tengo una pregunta….ps mi pregunta es que si yo me puedo cambiar los apellidos por que yo tengo los dos de mi mamá pero quiero el de mi papá, y mi papá tambien quiero colocarme su apellido…yo ya tengo 18 años cumplidos recientes pero quiero saber que hacer para poder cambiar mis apellidos… por favor me pueden ayudar si ..

  21. Alejandro Says:

    Hola doctor queria hacerle una consulta porque me quiero cambiar el nombre y tengo traumas por eso , cada vez que quiero hacer un tramite y presentar el dni es un trauma , e sufrido burlas toda la vida por ese tema y me a limitado de muchas maneras.
    son 2 nombres y quiero quedarme con uno nada mas , se puede?
    gracias , no hay información en internet y cuando fui al registro civil me dijeron que no se puede. muchas gracias

  22. NORA Says:

    HOLA MUY INTERESANTE TU INFORME….PERO POR FAVOR NECESITO QUE ME ORIENTES EN ALGO QUE HACE MUCHO QUIERO HACER….QUIERO… NO CAMBIARME.. PERO SI AGREGARME EL APELLIDO DE MI ABUELA PATERNA…..PORQUE ESE SERIA EL VERDADERO APELLIDO NUESTRO, EL CONSANGUINEO ..A DIFERENCIA DE MI APELLIDO ACTUAL QUE ES UN APELLIDO PRESTADO …O SEA MI PAPA SE PUSO EL APELLIDO DEL PADRASTRO…EN VEZ DEL DE SU MADRE CUANDO SE FUE A ENROLAR, EN ESA EPOCA HABIA MUCHA DESORGANIZACION, Y MAS EN UN PUEBLO…MI PAPA TIENE 73 AÑOS Y YO 27 …ME QUIERO AGREGAR EL APELLIDO PARA HONRAR LA MEMORIA DE MI ABUELA Y HACER FELIZ A MI VIEJO…ANTES DE QUE PARTA….ME FUI AL REGISTRO CIVIL Y ME DIJERON QUE EN ESOS CASOS ES MAS COMPLICADO , QUE TENGO QUE CONSEGUIR UN ABOGADO Y QUE ES TODO UN QUILOMBO..PORQUE ES EL APELLIDO DE MI ABUELA, NO DE MI MADRE….PERO ES TAN ASI ? QUE PUEDO HACER??? CONSIDERO QUE LOS DOS APELLIDOS SIGUEN SIENDO DE MI PADRE…Y ACASO NO ES EL PATERNO EL QUE VALE?… SALUDOS… ESPERO SU RESPUESTA …POR FAVOR..

  23. brenda Says:

    mi papá se fue cuando tenia dos años , y tengo su apellido ahora tengo 21años podria agregarme el apellido de mi mamá , sin consentimiento de el xq desde que se fue no volvionunca más.

  24. silvana Says:

    es casi el mismo caso de brenda necesito el consentimiento de mi padre en elgunos lugares me dijeron q tengo q tener un documento firmado por mi padre dejando en claro q desciste te darme su apellido y con ello todos los derechos q me corresponde como su hija pero q puedo hacer si no puedo encontrar a mi padre

  25. :Machado Says:

    Desde New York, mi pregunta tal vez es dificil. Naci en Argentina. Desde que era muy chica mi abuelo paterno y mis tias decian que el apellido que llevaban y el que yo llevo no era, no era de ellos le cambiaron el apellido o se lo cambiaron. a mi gustaria llevar ese apellido. Cual es el tramite que debo hace en Argentina, aca no tendria problema en cambiarlo.
    Gracias
    Mabel
    September 23, 2012 11.04 PM

  26. MORA Says:

    HOLA, quiero cambiarme el nombre, no me siento identificada con el que tengo. ¿Es muy costoso hacerlo? GRACIAS

  27. maria cecilia Says:

    hola tengo 19 años quiero cambiar mis apellidos junto con mi nombre ya que ellos son el recuerdo de una vida muy difícil y no se que a ser te agradezco tu ayuda por favor ………………

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