La separación de dos famosos como Zaira Nara y Diego Forlán y el espectacular acuerdo de divorcio de Mel Gibson pusieron en el tapete el tema de los llamados “contratos prenupciales”, es decir, contratos que los futuros esposos firman antes de casarse, y generalmente sobre cuestiones patrimoniales.
Hay que empezar diciendo que lamentablemente en Argentina esos contratos están prohibidos.
Digo “lamentablemente” porque una vez más vemos las leyes diciéndonos qué hacer y qué no con nuestro patrimonio y nuestros afectos, siempre con la presunta idea de “proteger” al débil. Y una vez más, como casi siempre que el Estado quiere “proteger” a alguien, logra exactamente lo contrario.
¿Por qué?