Los embargos de sueldos (empleados públicos)

En anterior artículo traté el tema de los embargos de sueldo en el caso de los empleados privados y haré lo mismo con el caso de los empleados públicos (nacionales, provinciales y municipales).

En este caso, a diferencia del anterior, la cuestión es bastante más compleja y polémica, tanto por algunas cuestiones semánticas de la regulación como porque muchos la consideran inconstitucional, como veremos a continuación.

El decreto que regula la cuestión, de 1943, establece diferentes hipótesis, que simplificadas son:

a) Si la deuda es por préstamo de dinero o compra de mercadería, el sueldo es inembargable

b) Si la deuda es por otro motivo (impuestos, alquileres, honorarios, servicios, etc.) se puede embargar y ejecutar normalmente de acuerdo con las disposiciones
legales vigentes”
.

Sintetizando al máximo puede decirse que la regla es que los sueldos son embargables y las excepciones son el préstamo de dinero y la compra de mercadería.

Hasta acá podría parecer más o menos claro; sin embargo surgen las siguientes dudas:

1.- ¿Cómo se interpreta un documento del que no se puede saber el origen de la deuda (como un pagaré, por ejemplo)?

Para algunos debe suponerse que el pagaré no es una de las excepciones ya que las leyes deben interpretarse de acuerdo a la regla, lo que significa que en ese caso el sueldo se puede embargar.

Para otros debe suponerse exactamente lo contrario ya que se debe presumir que un pagaré se trata de un préstamo de dinero, lo que significa que en ese caso el sueldo no se puede embargar.

Aunque el decreto tenga ya casi setenta años de vigencia, la Justicia todavía no se puso de acuerdo.

2.- ¿Cuáles son las “disposiciones legales vigentes” del punto b)? O sea, ¿qué porcentaje se puede embargar?

Una vez más, la cosa no está clara y puede interpretarse que es la que permite un embargo del 20% -en base a un pasaje bastante confuso del mismo decreto- o que es la que se aplica a los empleados privados, que, como vimos, permite un embargo menor.

Como si éstas dudas interpretativas no fueran suficientes, y más allá de las opiniones que se tomen en los puntos anteriores, muchos creen que el decreto es inconstitucional en la parte que establece la inembargabilidad por significar, por un lado, una desigualdad ante la ley respecto a los empleados privados, y por otro, una violación al derecho de propiedad del acreedor, que se ve impedido de cobrar aunque sea una parte de su crédito.

Lejos de ser un debate teórico o abstracto, es bien concreto porque cotidianamente se presentan planteos de inconstitucionalidad del decreto en este punto, los que a veces la Justicia acepta y a veces no.

Personalmente coincido con éste planteo porque respetuosamente creo inaceptable que los empleados públicos tengan un privilegio respecto a los empleados privados (además de los que ya tienen en cuanto a remuneración, horas semanales trabajadas, licencias, beneficios sociales e imposibilidad de despido).

También creo que es una clara muestra de inseguridad jurídica que quien le prestó dinero o le vendió mercaderías a un empleado público no pueda cobrarse su acreencia.

Independientemente de éstas reflexiones, y para finalizar, resulta evidente la necesidad de una adecuación legislativa que otorgue previsibilidad, elimine dudas y diferenciaciones infundadas y proteja la seguridad jurídica.

Hasta la próxima…

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19 respuestas to “Los embargos de sueldos (empleados públicos)”

  1. soledad Says:

    hola mi nombre es soledad mi consulta es que quiero poner mi tereno ami nombre ase 25 años que vivo alli y quiero saber como puedo aserpara quenome lo saquen tanbien esporque tengo un hermano discapasitado como ago?es urgente soy dela plata

  2. sonia Says:

    HOLA DOC….YO HE SALIDO DE CODEUDORA DE UN JUBILADO QUE SACO UN CREDITO DE $ 5000 HACE 2 AÑOS Y NO PAGO TODO…AHORA VIENEN POR MI…YO GANO $ 2600 SUELDO PRIVADO…CUANTO ME DEBEN EMBARGAR???…PERO ANTES NO DEBERIAN EMBARGARLE A EL LA JUBILACION??..GREACIAS DOS

  3. viktorija Says:

    Mnogu ve sakame

  4. federico Says:

    hola Dr le queria consultar si un empledo publico esta siendo procesado en un jucio penal y cuando dictan el procesamiento sale un embargo en su contra de 30000 pesos. de su sueldo de 2500 cuanto le embargan?

  5. Gabriel Says:

    Dr. mi consulta es por siguiente: yo soy garante del departamento que alquila mi hermano en el que convive también con mi padre que cuenta con 91 años, que es discapacitado en dos certificados ciego y sordo, el contrato finaliza el 01 de Mayo 2012 y ya se esta mudando pero el dueño actual le exige el pago del alquiler y nosotros queremos que lo tome del deposito hecho oportunamente , lo que la inmobiliaria dice que después del dia 10 de abril corren paritorios .-
    Para sintetizar presentando un RECURSO DE AMPARO por la discapacidad de mi padre, podremos solicitar prorroga de contrato para conseguir el resto del dinero por que el dueño es muy insistente en cumplir el contrato
    Le agradeceria su contestacion
    Gabriel.
    mi correo electronico es (gardes_56@hotmail.com)

  6. dahyana Says:

    hola doctor mi consulta es q sacamos un credito en un banco y no lo pudimos pagar ahora le llego el embargo a mi marido al trabajo el credito es de 11.000 y nos llego una carta q dice q la deuda es de 14.000 pero mi abogado me dice que el otro abogado pide 30.000 porque tiene una tasa de nomina anual del 34 % porque tanta difernecia estamos muy desconcertados le agradeceria su respuesta

  7. Patricia Palacios Says:

    HOLA DOCTOR EN CASO DE EMBARGO DE SUELDO A EMPLEADOS PUBLICOS CUANTO ES EL MONTO A EMBARGAR EN UN SUELDO DE 3400? HASTA QUE PORCENTAJE MAXIMO ENTRA EL EMBARGO?

  8. eli6 Says:

    Doctor:a mi me embargaron el sueldo por no pagar ultima cuota de alquiler,luego de dos años me embargan otra vez por lo mismo y ahora viene otro embargo mas.Cuando terminaria de pagar? el primero corresponde a 1999 o 2000.

  9. jorge perez Says:

    buenas tardes dr, tenia una deuda con megatone le hicieron un convenio a mi sra q es docente en la provincia de bs. as, de 18 cuotas de 1200$ a la segunda cuota le vino el sueldo embargado, y no le habian dicho nada, pagaba la diferencia del embargo hasta llegar a los 1200, despues de las 18 cuotas nos reclaman 7000$ por que supuestamente la pcia no pagaba en termino los embargos, pues mi sra. cumplio en tiempo y forma, creeo q aca hay algo raro, me suena q esa empresa es una cueva, y me preocupa no poder salir, debo poner abogado?
    abrazos
    jorge perez

  10. romina Says:

    Buenas tardes ke hago una consulta me.han llamado por una deuda de un credito del 2005 un poco amenazante al cual nunca me nege de nada solo pedia q me recordarce q compre pasron mucho anos supuestamente nunca pague.si bien ese ano no fue el.mejor de todos a mis 25 anos dado q yo era la.mantencion de.mi flia igual esti no se justifica quizas deje deudas no.recuerdo pero quisiera saber si una persona me puede apurar sin darme la informacion precisa y dando plazos de una semana para pagar es imposible me.podria decir que debo hacer….gracias por su atencion saludos

  11. FERNANDO VALENTINI Says:

    BUENA DOC, SOY JUBILADO POR INVALIDEZ DE UN 68% Y DISCAPACITADO( INFARTO Y MENTALMENTE), NO TENGO OTROS INGRESOS, NO TENGO BIENES Y SOY SEPARADO,SAQUE UN CREDITO PERSONAL SIN GARANTIA EN UN BCO, PAGUE LAS 5 PRIMERAS CUOTAS, Y POR MOTIVOS ECONOMICOS (NUVA DESCOMPEZACION) NO PUDE SEGUIR PAGANDO NI EL PRESTAMO NI LA TARJETAS DE CREDITO DEL MISMO BCO, ME REALIZARON UNA REFINANCIACION ENTRE AMBAS DEUDAS, Y LE INFORME PERSONALMENTE AL BCO QUE NO PODIA PAGAR POR MES DICHO IMPORTE, PAGUE LAS 3 PRIMERAS CUOTAS , DESPUES EMPECE A PAGAR 3 CUOTA AL 50% DE LAS MISMAS Y ACTUALMENTE HACE 2 MESES DEJE DE PAGAR POR COMPLETO, ME PODRIA DECIR QUE ME CONVIENE REALIZAR , Y QUE CONSECUENCIAS PUEDO LLEGAR A TENES

  12. monica Says:

    Solo deseo saber como salir de un embargo por cuota alimentaria …que pasos debo seguir gracias

  13. ruben dejesus sanchez Says:

    por un saldo de una tarjeta de credito del año 1995 me quieren cobrar un capitalde $ 11500 mas deuda por supuestos intereses gastos y costas de $400000 y me mandaron embargo de haberes eso esta bien. puedo pesir un recurso de amparo para pararlo y que no me descuent mas si me puede contestar le voy a agradecer. gracias.http://www.cncom.gov.ar/historia.asp?trubase=GF&proc=0017060979&base=17625&titulo=026249%20%20BANCO%20DEL%20BUEN%20AYRE%20SA%20C/%20SANCHEZ%20RUBEN%20DE%20JESUS%20Y%20OTRO%20S/%20Ejecutivo

  14. ruben dejesus sanchez Says:

    ah doctor y la empresa ya me desconto el mes pasado y yo le pedi el comprobante de el deposito para verificar si depositaron y me dan vueltas dice que no encuentran el comprobante pienso que no depositaron nada. gracias. ysaludo a ud. muy atte.

  15. eduardo Says:

    Hola mi consulta es la siguiente, era funcionario municipal, deje horas y horas dentro de la municipalidad y por un problema politico por ser amigo de, el intendente revoca mi mandato, trabaje desde 12/12/2011 hasta el 12/07/2013 me tiene que pagar indemnizacion como si me hubiera despedido? o que? mi sueldo era de 9mil pesos, fui a cobra mi liqyuidacion final y me dan 11mil pesos, me darias una mano en esto?

  16. Marion Liliam Dale Says:

    a mi me embargan parte del sueldo y quiero saber que empresa lo hace mi nombre es marion dale dni n° 18321935 y soy empleada publica mi mail es profmariondalearrobahotmail.com

  17. alejandro Says:

    termine de pagar un embargo, y el abogado que me embarga no me levanta la inhibision

  18. jose pedrozo Says:

    Mi consulta es la siguiente, soy empleado publico e hice una comision, que me fue abonada antes de inimasciarse, de una cierta cantidad de dinero, (no solo a mi sino a 170 personas) un año despues, el banco nacion dice que la acreditacion fue duplicada y nos quiere descontar el monto y que si nuestro sueldo mensual no alcanza para cubrirlo, nos ofrece un prestamo… yo no quiero prestamo, nunca me dijeron que monto cobraria, nunca firme nada, ni cuanto iba a cobrar ni cuanto cobre. ¿me pueden embargar? ¿pueden sacar dinero de mi cuenta sin mi autorización?

  19. viviana Says:

    buenas noches, soy empleada publica provincial y teng una deuda con una financiera del año 2008, me llamaron esta semana para ofrecerme un acuerdo en cuotas, accedi pero con una cuota inferior, de acuerdo a mis ingresos, no solo se negaron sino amenazaron telefonicamente de embargarme sueldo y bienes personales, eso se puede hacer? como es el tema de la inembargabilidad de los sueldos de los empleados publicos? caducan este tipo de deudas? muchas gracias por su atencion

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