¿Qué “culpa” tengo yo de qué se haya terminado el amor?…¡Me quiero divorciar!

Aunque este título pareciera ser más una frase dicha en medio de una discusión de pareja, una charla de café o una sesión de terapia, tiene una enorme relevancia jurídica y nos ayuda a comprender como está regulado el divorcio en nuestro país.

Empiezo aclarando que el divorcio en Argentina es obligatoriamente un proceso judicial y no administrativo.

Cuando los dos están de acuerdo no hay ningún problema, ya que se presentan juntos en un escrito ante la Justicia y listo; se divorcian “por las buenas”.

El gran problema aparece cuando no están de acuerdo y uno de ellos quiere divorciarse, pero el otro “no firma”.

Lamentablemente, nuestra legislación no permite el divorcio unilateral.

Aunque parezca mentira, no puede presentarse una persona y decir “no amo más a mi esposo/a, me quiero divorciar”.

Según nuestra ley, si alguien se quiere divorciar unilateralmente tiene que hacerle juicio a su cónyuge demostrando que el divorcio se produce por su “culpa” (por eso el título del artículo).

Con nuestro esquema legal, el juicio termina con una sentencia que declara el divorcio señalando quien es el “culpable” y quien el “inocente” (estas palabras no son un recurso didáctico mío, son textuales de la ley).

La culpa debe derivar de alguna de las causas de divorcio que prevee nuestra legislación, y que son cinco (intento de homicidio contra el cónyuge o sus hijos, instigación al delito al cónyuge, adulterio, abandono o injurias graves), de las cuales las más comunes son las últimas tres.

De esa manera, y con ésta lógica de culpable-inocente o ganador-perdedor, en la que no puede haber “empate”, la persona demanda por divorcio no sólo deberá rechazar su culpa, sino que deberá tratar de demostrar la de la otra parte, lo que genera algo así como dos juicios en uno.

Con esta estructura, en la que no se puede perder, muchas veces se exageran las faltas de la otra parte (a veces incluso se inventan) sólo para fundamentar la demanda de divorcio.

Como esa demanda la redacta un abogado ajeno al conflicto, no tiene mayores problemas en agrandar los hechos. Ese escrito le llega a la otra parte, a quien le cae como un baldazo de agua fría, considera declarada la guerra y -obligada por los plazos- busca un abogado al que va a instruír para que responda con la dureza que el caso merece (después de todo, “empezó el/ella”).

Y por supuesto, como todo en Derecho, la culpa del otro hay que demostrarla. Para eso se ofrecen pruebas de todo tipo, aunque generalmente las más importantes son los testigos, que casi siempre son amigos o parientes en común.

Todo este cuadro deriva en juicios muy largos (varios años), con muchísimo desgaste emocional (del que son principales perjudicados los esposos, pero también los hijos) y, por supuesto, muy caros.

Lo más grave de todo esto es que mientras dura el juicio, y hasta que llegue la sentencia, las personas siguen …casadas !!!.

Una aclaración fundamental en éste tema: ponerse de acuerdo en pedir el divorcio no obliga a ponerse de acuerdo en los demás temas (tenencia, régimen de visitas, alimentos, división de bienes). Eso significa que pueden acordar divorciarse “por las buenas” y seguir peleando por separado en las demás cuestiones.

Alguno de Uds. podrá preguntarse cual es la diferencia jurídica entre un “inocente” y un “culpabe”. Casi ninguna. Unicamente el inocente puede llegar a tener derecho a pedirle alimentos en determinadas circunstancias. Además el culpable, obviamente, paga los gastos del juicio. Pero nada más.

Los derechos en relación a los chicos y al patrimonio no se modifican en nada.

Por todo eso, no tiene ningún sentido iniciar un divorcio “por las malas”, ya que prácticamente no hay ninguna consecuencia beneficiosa adicional.

Hay una tercer forma de divorciarse, no muy conocida: la ley permite pedir el divorcio cuando los esposos estuvieron separados de hecho como mínimo tres años, y sin necesidad de probar ninguna culpa.

La curiosidad interesante de esta variante es que si uno de los esposos no está ubicable porque pasó mucho tiempo o “no quiere firmar”, puede pedir el divorcio uno sólo en forma unilateral, en la única excepción a la regla que conté al principio.

Un gran obstáculo para pedir el divorcio en nuestro país es la exigencia de que en todos los casos (divorcio «por las buenas», «por las malas» o con separación de hecho previa) hayan transcurrido por lo menos tres años desde el casamiento.

Esto significa que si dos esposos se quieren divorciar al año de haberse casado no pueden, aunque estén de acuerdo, lo que me parece un despropósito sin sentido, ya que obliga a los cónyuges a esperar que transcurra ese plazo, lo que muchas veces deriva en una indefinición permanente, ya que pierden contacto entre sí, o alguno se mudó de ciudad o incluso del país, etc. y quedan con su situación jurídica no resuelta.

Antes de ingresar en mis conclusiones y propuestas, no quiero dejar de destacar que las demoras en llegar al divorcio (porque no pasó el plazo mínimo, porque las personas no tienen plata, porque el juicio se hace muy largo o por cualquier otra razón) no sólo perjudican a los propios esposos interesados, sino a terceros que pueden encontrarse en situación de incertidumbre jurídica (acreedores de cada uno, herederos de cada uno, etc.)

En mi opinión, todas estas regulaciones intervencionistas por parte de la ley implican una intromisión desmedida en la vida privada de la gente, desprotegiendo precisamente a quien se supone que quiere proteger (como pasa siempre que el Estado se quiere ocupar de nosotros).

Por eso deben ser modificadas para otorgar mayor libertad a los ciudadanos y no impedir la libre formación de nuevas familias.

En concreto, creo que debieran realizarse las siguientes reformas:

1.- Se debe eliminar el plazo mínimo para pedir el divorcio;

2.- Se debe permitir el pedido de divorcio unilateral, eliminando el concepto de “culpa” y permitiendo que cualquier reclamo que tengan los cónyuges (adulterio, abandono, etc.) lo canalicen en juicio por separado, sin condicionar la declaración de divorcio a las demás disputas (de hecho, el único punto en el que siempre están de acuerdo es en divorciarse cuanto antes);

3.- Se debe facilitar y abaratar el divorcio de común acuerdo (en España, por ejemplo, se subvenciona el divorcio pacífico para evitar conflictos judiciales largos y costosos).

Finalmente, para quienes sienten algún reparo de tipo moral o religioso frente a mi idea de que cualquier pueda pedir el divorcio en cualquier momento y “porque sí”, me permito recordar que es exactamente lo que ocurre hoy con millones de personas que viven en concubinato, y los que alguna vez nos pasó a todos con nuestros noviazgos.

Todos los días se interrumpe una relación amorosa y una convivencia de pareja, sin que hayamos caído en ninguna debacle moral.

Simplemente, la vida es así, y se trata de no legislar en sentido contrario.

Hasta la próxima…

2 respuestas to “¿Qué “culpa” tengo yo de qué se haya terminado el amor?…¡Me quiero divorciar!”

  1. mal bicho Says:

    SI ,TAN BIEN ESTARIA BUENO QUE PASADOS MUCHOS AÑOS,SI NO QUEDAN BIENES EN COMUN Y UNO DE LOS CONYUGUES NO TIENE IDEA QUE FUE DEL OTRO.PODER IR AL JUSGADO ,PRESENTAR LO NECESARIO Y EN CUESTION DE DIAS QUEDARA TODO ANULADO.
    EN DEFINIDAS CUENTAS ,COMO CUANDO TE VAS A CASAR VAS AL REGISTRO ,PEDIS FECHA Y LISTO.SI PARA ESAS ALTURAS GENERALMENTE SON LOS HOMBRES LOS QUE SE BORRAN Y SI HAY CHICOS QUEDARON CON LA MAMA , QUIEN FUE LA QUE SE ROMPIO EL ALMA PARA QUE NO LES FALTARA NADA.

  2. karina s alegre Says:

    en mi caso me separe hace 12 años ,estoy casada legalmente el nunca aporto el alimento de mis hijos ,y no tenemos vienes en comun porque nunca nos dio un hogar,el jusgado a el le dio una sentencia por alimentos y se borro nunca aporto y ni fue papa y hoy vuelve para pedir el divorcio ,puede ser asi de facil para el, que me obliguen a firmar ?,yo me rompi todos estos años para mis dos hijos y no me gustaria firmar nada hasta que el cumpla con su deber y me page lo que le corresponde a mis hijos

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