<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	xmlns:georss="http://www.georss.org/georss" xmlns:geo="http://www.w3.org/2003/01/geo/wgs84_pos#" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/"
	>

<channel>
	<title>Ramiro René Rech</title>
	<atom:link href="http://ramirorech.wordpress.com/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://ramirorech.wordpress.com</link>
	<description>Un espacio sobre temas jurídicos y políticos</description>
	<lastBuildDate>Sat, 28 Jan 2012 06:59:50 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>http://wordpress.com/</generator>
<cloud domain='ramirorech.wordpress.com' port='80' path='/?rsscloud=notify' registerProcedure='' protocol='http-post' />
<image>
		<url>http://0.gravatar.com/blavatar/e8a3cceac464b9ff8339ad6afded7439?s=96&#038;d=http%3A%2F%2Fs2.wp.com%2Fi%2Fbuttonw-com.png</url>
		<title>Ramiro René Rech</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com</link>
	</image>
	<atom:link rel="search" type="application/opensearchdescription+xml" href="http://ramirorech.wordpress.com/osd.xml" title="Ramiro René Rech" />
	<atom:link rel='hub' href='http://ramirorech.wordpress.com/?pushpress=hub'/>
		<item>
		<title>Algo sobre los honorarios judiciales de abogados</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2012/01/10/algo-sobre-los-honorarios-judiciales-de-abogados/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2012/01/10/algo-sobre-los-honorarios-judiciales-de-abogados/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 10 Jan 2012 00:48:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=337</guid>
		<description><![CDATA[Tema sensible si los hay, no sólo por el aspecto económico sino por las múltiples suposiciones y sospechas que se suelen generar a su alrededor, la mayoría sin fundamentos pero consecuencia de una visión corporativa y cerrada de la profesión (“¿qué es eso de andar diciendo a los cuatro vientos lo que cobramos?”). Como la [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=337&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tema sensible si los hay, no sólo por el aspecto económico sino por las múltiples suposiciones y sospechas que se suelen generar a su alrededor, la mayoría sin fundamentos pero consecuencia de una visión corporativa y cerrada de la profesión <em>(“¿qué es eso de andar diciendo a los cuatro vientos lo que cobramos?”).</em></p>
<p>Como la cuantificación de  los honorarios depende de muchos factores que varían en cada caso, trataré de dar aquí algunas pautas globales al respecto <em>(¿cómo se regulan los honorarios?, ¿quién los paga?, ¿qué pasa cuando el obligado al pago es insolvente?, ¿se puede cobrar por tiempo?, ¿qué pasa cuando hay más de un abogado?, etc.)</em></p>
<p>En primer lugar, cada provincia tiene su propia ley de honorarios de abogados (y de cada una de las profesiones) y puede haber diferencias entre ellas.</p>
<p>En la provincia de Buenos Aires, muy a grandes rasgos, existen dos mecanismos para regular honorarios:</p>
<p><span id="more-337"></span></p>
<p>1.- Un honorario mínimo fijo, establecido en base a una medida conocida como “jus”, equivalente al 1% del sueldo de un juez de primera instancia <em>(su valor es variable y se puede consultar por internet)</em>, variando en cada caso la cantidad de jus establecidos. Ejemplos: divorcios, tenencias, consultas verbales o escritas, denuncias penales, etc.</p>
<p>2.- Una escala con porcentajes mínimos y máximos cuando se trata de juicios con contenido patrimonial o cuantificables económicamente. Ejemplos: cobro de deudas de todo tipo, daños y perjuicios, sucesiones, escrituraciones, etc.</p>
<p>Cabe aclarar que las escalas se mantienen incluso cuando intervino más de un abogado por parte, en cuyo caso se regulan proporcionalmente de acuerdo al trabajo que hizo cada uno. Esto es lógico, ya que de lo contrario cada cambio de abogado multiplicaría los honorarios, lo cual sería absurdo.</p>
<p><em>¿Y quién paga?</em></p>
<p>Como cuando éramos chicos, “el que rompe paga”, es decir, el que pierde el juicio debe pagar todos los honorarios <em>(los de los abogados de las dos partes y los peritos, si hubiese habido) </em><strong>pero</strong><em> (“pero lo que mata es el pero” me dijeron alguna vez y viene al caso), </em>si el que perdió el juicio es insolvente, el abogado del que ganó y los peritos le pueden cobrar al que ganó!</p>
<p>El concepto del párrafo anterior es muy importante y es la razón por la que tantas veces hemos escuchado la frase <strong><em>“gané el juicio y perdí plata”.</em></strong></p>
<p>Por eso es muy importante que antes de iniciar un juicio se haga un análisis de la solvencia de la otra parte para no correr el riesgo de no poder cobrarle <em>y además </em>tener que pagar honorarios.</p>
<p>Lo mismo que decimos aquí respecto al abogado del que ganó, vale para los peritos (calígrafos, médicos, contadores, psicólogos, ingenieros, etc.), cuyos honorarios le pueden cobrar a cualquiera de las partes indistintamente.</p>
<p>Vale recordar que si el que perdió el juicio es insolvente, el que lo ganó está obligado respecto a su abogado pero no al abogado del que perdió <em>(motivo que, dicho sea de paso, obliga a los abogados de quienes tienen muchas posibilidades de perder a cobrarles por adelantado).</em></p>
<p>Un datito de color: está prohibido en nuestro país cobrar por tiempo, como se suele ver en las películas americanas, en las que los abogados facturan por hora trabajada <em>(no tengo claro si acá eso sería muy bueno o muy malo para nosotros)</em>.</p>
<p>Desde otro ángulo, desde hace unos años se fijó en el Código Civil un tope de costas judiciales por todo concepto <em>(la palabra “costas” incluye honorarios, aportes, Tasa de Justicia, etc.)</em> del 25% de la sentencia, sin contar su propio abogado.</p>
<p>Traduzco: si alguien pierde un juicio por mil pesos no puede pagar más de doscientos cincuenta en concepto de honorarios del abogado de la otra parte, honorarios de peritos, Tasa de Justicia, gastos varios, etc., <em>además</em> de su propio abogado.</p>
<p>Para finalizar, un punto que no hace estrictamente a los honorarios pero se encuentra muy vinculado: el llamado <strong>“pacto de cuota litis”.</strong></p>
<p>Me refiero a un pacto mediante el cual el abogado se lleva una parte de lo que su cliente gane en el juicio.</p>
<p>De alguna manera el abogado se “asocia” al cliente y se piensa que este mecanismo puede ayudar a personas sin muchos recursos, al permitirles dar un incentivo al abogado, quien se supone que se ocupará especialmente por la mayor ganancia que puede obtener.</p>
<p>Este tipo de pactos sólo puede hacerse en juicios cuantificables económicamente (y no, por ejemplo, sobre cuestiones de familia) y con resultado aleatorio, es decir, con cierto grado de incertidumbre (por eso no se hacen, por ejemplo, en las ejecuciones de cheques o pagarés).</p>
<p>En la provincia, en ningún caso el pacto puede exceder de la tercer parte en los juicios civiles, a menos que el abogado se haga cargo de los gastos y se haga responsable de las posibles costas si se pierde, en cuyo caso se puede pactar hasta la mitad del juicio.</p>
<p>En cuestiones laborales el tope es del 20 %, en todo el país.</p>
<p>No quiero terminar el artículo sin reiterar lo dicho al principio, en el sentido de que el cobro de honorarios de los abogados varía mucho porque hay muchas clases de juicios diferentes, además de muchas situaciones también diferentes (solvencia del cliente y/o la contraparte, monto del juicio, duración estimada, posibilidades de triunfo, mayor o menor actuación prejudicial, participación o no de otros abogados, existencia de más de una contraparte, discusiones vinculadas al juicio pero planteadas en procesos separados y mil etcéteras más).</p>
<p>Evidentemente se trata de un tema que debiera transparentarse y publicitarse más <em>(no deja de asombrarme que a un restaurant lo puedan multar por no poner el menú con los precios y a los abogados nos puedan multar por hacer exactamente lo opuesto), </em>y en el que espero haber puesto un granito de arena.<em></em></p>
<p>Hasta la próxima…</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/337/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/337/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=337&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2012/01/10/algo-sobre-los-honorarios-judiciales-de-abogados/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>5</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>Sucesiones: Algunas cuestiones que conviene saber</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/11/12/sucesiones-algunas-cuestiones-que-conviene-saber/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/11/12/sucesiones-algunas-cuestiones-que-conviene-saber/#comments</comments>
		<pubDate>Sat, 12 Nov 2011 00:00:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=331</guid>
		<description><![CDATA[Ya hemos tratado en algún artículo anterior la forma en que se reparte el patrimonio de una persona cuando fallece, y en esta oportunidad tomaré algunas de las inquietudes  más frecuentes en la práctica y que considero importante saber. Antes de empezar recordamos brevemente que la distribución de los bienes del fallecido entre los herederos [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=331&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ya hemos tratado en algún artículo anterior la forma en que se reparte el patrimonio de una persona cuando fallece, y en esta oportunidad tomaré algunas de las inquietudes  más frecuentes en la práctica y que considero importante saber.</p>
<p>Antes de empezar recordamos brevemente que la distribución de los bienes del fallecido entre los herederos se hace a través de un proceso judicial conocido como <strong><em>“sucesión” </em></strong>o<strong><em> “proceso sucesorio”.</em></strong></p>
<p>Ahora sí, empezamos con algunas de las cuestiones más consultadas:</p>
<p><span id="more-331"></span></p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">1.-</span></strong><strong> La sucesión debe tramitar en el lugar en el que tuvo el último domicilio el fallecido.</strong></p>
<p>Este punto es muy importante porque el último domicilio puede diferir con el domicilio de los herederos, el domicilio de las propiedades e incluso a veces el domicilio de la muerte.</p>
<p>Por ejemplo, si una persona vive en Mar del Plata, tiene propiedades en Capital Federal, sus herederos viven en Bahía Blanca y muere en Tandil (de vacaciones, haciendo algún trámite, etc.) la sucesión debe hacerse en Mar del Plata.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">2.-</span></strong><strong> La sucesión puede ser iniciada por un solo heredero.</strong></p>
<p>Otro aspecto importante ya que mucha gente cree que todos deben estar de acuerdo para hacer la sucesión y a veces eso resulta imposible por malas relaciones o falta de contacto entre herederos.</p>
<p>Lo cierto es que no es necesario un acuerdo entre todos y basta con que un solo heredero inicie la sucesión, informando la existencia, identidad y domicilio –si lo conoce- de los demás.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">3.-</span></strong><strong> La sucesión es sobre la persona y no sobre las propiedades.</strong></p>
<p>Es muy común escuchar<em> “hice la sucesión del departamento pero me falta la de la casa (o el auto o el terreno)”</em>, como si hubiera una sucesión por propiedad, cuando en realidad la sucesión es una sóla porque es sobre la persona, razón por la cual se hace una vez.</p>
<p>En todo caso, si hay más de una propiedad, se pueden ir declarando de a poco, pero siempre en el mismo proceso sucesorio, no siendo necesario iniciar otro.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">4.-</span></strong><strong> La sucesión no transmite las deudas del fallecido a los herederos.</strong></p>
<p>Otra cuestión muy significativa, ya que muchos herederos no inician la sucesión porque el difunto tenía deudas y temen infundadamente “quedar pegados” con ellas.</p>
<p>Las deudas no se heredan <em>(en el peor de los casos habrá que esperar que se cobren los acreedores del fallecido y percibir el saldo remanente)</em> y no hay absolutamente ningún riesgo de que el patrimonio de los herederos se vea afectado por las deudas de quien murió.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">5.-</span></strong><strong> La sucesión puede iniciarse aunque las propiedades del fallecido deban impuestos.</strong></p>
<p>Otra creencia errónea bastante común es que si la propiedad del extinto tiene deudas por impuestos no se puede iniciar la sucesión.</p>
<p>Muy por el contrario, ni las deudas impositivas ni ningún otro tipo de deudas impide tramitar perfectamente la sucesión, de la misma manera que no desaparecen si no se inicia.</p>
<p>En pocas palabras, las deudas no tienen nada que ver con la sucesión.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">6.-</span></strong><strong> La sucesión se puede iniciar aunque los herederos tengan deudas, estén inhibidos, embargados o en el Veraz.</strong></p>
<p>Otro temor que suele llevar a la gente a no tramitar la sucesión radica en la creencia por parte de los herederos de que si están inhibidos, embargados, etc. no pueden iniciarla, cuando en verdad no existe absolutamente ninguna relación entre ambas cuestiones.</p>
<p>Eventualmente los acreedores de los herederos podrán intentar cobrarse de la parte que hereden, algo que igualmente pueden hacer aunque no se inicie la sucesión.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">7.-</span></strong><strong> La sucesión puede iniciarse en cualquier momento.</strong></p>
<p>Ocasionalmente se escucha a herederos de alguien que murió hace mucho tiempo suponer que no pueden hacer la sucesión porque “prescribió”.</p>
<p>Al contrario, el derecho a iniciar la sucesión no prescribe y se puede iniciar mucho tiempo después <em>(se han iniciado treinta o cuarenta años después de la muerte),</em> aunque de todos modos es sumamente recomendable iniciarla cuanto antes para evitar innumerables contingencias <em>(pérdida de documentación, dificultad en conseguir certificados o partidas, fallecimiento de herederos, pérdida de contacto entre herederos, etc.)</em></p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">8.-</span></strong><strong> La sucesión puede ser iniciada por los acreedores del fallecido y de los herederos.</strong></p>
<p>No puedo dejar de mencionar otro supuesto de convicciones equivocadas, cuando los herederos creen que no iniciando la sucesión esquivan a los acreedores o cuando éstos últimos creen que no pueden hacer nada si sus deudores no lo hacen.</p>
<p>Lo cierto es que los acreedores pueden intimar a los herederos a que inicien la sucesión bajo apercibimiento de iniciarla ellos; más aún, en el caso de sucesiones iniciadas por los herederos pero no continuadas, los acreedores pueden impulsarlas.</p>
<p>Seguramente hay muchas más dudas sobre el tema, pero intenté explicar las que surgen con mayor frecuencia en la práctica.</p>
<p>Espero haber ayudado algo en un tema tan extenso y complejo.</p>
<p>Hasta la próxima…</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/331/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/331/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=331&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/11/12/sucesiones-algunas-cuestiones-que-conviene-saber/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>3</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>Desalojo (2ª parte: Intrusos, usurpaciones, &#8220;okupas&#8221;)</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/09/12/desalojo-2%c2%aa-parte-intrusos-usurpaciones-%e2%80%9cokupas%e2%80%9d/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/09/12/desalojo-2%c2%aa-parte-intrusos-usurpaciones-%e2%80%9cokupas%e2%80%9d/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 12 Sep 2011 00:59:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=325</guid>
		<description><![CDATA[Tal como adelantaba en mi artículo anterior -dedicado al desalojo en caso de inquilinos- el caso de los llamados “intrusos”, “okupas” o “usurpadores” es un poco más difícil porque se pueden presentar distintas situaciones, a cada una de las cuales le corresponde una clase de juicio diferente, que finalmente influye en el tiempo que se [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=325&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tal como adelantaba en mi artículo anterior -dedicado al desalojo en caso de inquilinos- el caso de los llamados “intrusos”, “okupas” o “usurpadores” es un poco más difícil porque se pueden presentar distintas situaciones, a cada una de las cuales le corresponde una clase de juicio diferente, que finalmente influye en el tiempo que se tardar recuperar la propiedad.</p>
<p>Para empezar es necesario explicar brevemente un concepto jurídico de enorme importancia en este tema y que muy sintéticamente podemos expresar así: <strong><em>quien ocupa una propiedad reconociendo que el dueño es otro tiene la <span style="text-decoration:underline;">“tenencia”</span> o es<span style="text-decoration:underline;"> “tenedor”</span>, mientras que quien ocupa la propiedad actuando como si fuera el dueño y sin reconocer a otro, tiene la <span style="text-decoration:underline;">“posesión”</span> o es <span style="text-decoration:underline;">“poseedor”.</span></em></strong></p>
<p><strong><em><span style="text-decoration:underline;"><span id="more-325"></span></span></em></strong></p>
<p>Esto puede parecer muy teórico pero la cuestión influye mucho en el tiempo que se trata en recuperar una propiedad y explica por qué se pierden algunos juicios.</p>
<p>Por eso, las palabras “intruso”, “ocupante” o “usurpador” no son expresiones técnicas que puedan dar mucha precisión, ya que <strong>lo importante aquí es ver si la persona tiene la “tenencia” o la “posesión”</strong>.</p>
<p><strong><em><span style="text-decoration:underline;">¿Y cómo podemos saber si el ocupante tiene es “poseedor” o “tenedor”?</span></em></strong></p>
<p>Analizando su comportamiento exterior.</p>
<p>Por ejemplo, si el ocupante paga los impuestos, construye, hace modificaciones que haría un propietario, realiza planos, alquila a terceros la propiedad o una parte de ella, cultiva la tierra o hace alguna otra cosa que sólo haría el titular de una propiedad, se entiende que actúa como dueño, lo que significa que tiene la “posesión”.</p>
<p>En cualquier otro caso <em>(un intruso que se limita a permanecer hasta que lo saquen, un casero o un cuidador que se queda, una persona a la que se le prestó la propiedad, un inquilino con contrato vencido, etc.)</em> se entiende que el ocupante tiene la “tenencia”.</p>
<p>Hecha la aclaración, <strong>cuando el ocupante tiene la “tenencia” o es “tenedor”, corresponde iniciar un juicio de desalojo, mientras que si el ocupante tiene la “posesión” o es “poseedor”, no corresponde el juicio de desalojo</strong>, como veremos <em>(esto explica que la palabra “desalojo” tenga un significado técnico jurídico concreto diferente del que utilicé en el título de esta nota, usado en un sentido informal para simplificar el tema –de lo contrario tendría que haber hecho un título de dos renglones-).</em></p>
<p>La primera diferencia práctica es que el juicio de desalojo permite una restitución más rápida a través de lo que se llama <strong>“desocupación anticipada”.</strong></p>
<p>Para que proceda ésta desocupación son necesarios tres requisitos:</p>
<p>1.- Haber notificado la demanda, es decir, no se puede pedir antes de notificar -como un embargo o inhibición-</p>
<p>2.- Que el derecho invocado sea “verosímil”, es decir, creíble para el juez a primera vista</p>
<p>3.- Ofrecer previamente una garantía real para cubrir los eventuales daños y perjuicios que se podrían haber ocasionado al ocupante en caso de que el pedido se haya hecho sin derecho.</p>
<p>El monto de esa garantía lo fija el juez y puede depositarse dinero u ofrecerse la misma propiedad en garantía.</p>
<p>A riesgo de resultar reiterativo, reitero que esto vale sólo para los ocupantes “tenedores”.</p>
<p><em>¿Y qué pasa entonces con los ocupantes “poseedores”?</em></p>
<p><span style="text-decoration:underline;">Depende de si el ocupante está hace más o menos de un año.</span></p>
<p>Si el intruso “desposeyó” al ocupante legítimo –es decir, le sacó la posesión- hace menos de un año, se le puede iniciar un juicio relativamente rápido –llamado <strong><em>“interdicto de recobrar”</em></strong>- para sacarlo.</p>
<p>En cambio, si pasó más de un año hay que hacerle otro tipo de juicio, más largo y complejo, llamado <strong><em>“acción reivindicatoria”</em></strong>, y en el que <strong><em>no</em></strong> existe el mecanismo de “desocupación anticipada” que comentamos antes para los tenedores.</p>
<p>En otras palabras, en éste caso hay que soportar un juicio mucho más largo y esperar necesariamente la sentencia final.</p>
<p>A veces se presentan situaciones en la que no está del todo claro si el ocupante tiene la tenencia o la posesión, para lo cual existe un mecanismo judicial <em>–llamado “diligencias preliminares”- </em>a través del cual se le pide al juez que mande un oficial de Justicia para que le pregunte al ocupante en calidad de qué se encuentra en la propiedad. Dependiendo de la respuesta se inicia un juicio u otro<strong><em> (<span style="text-decoration:underline;">desalojo</span> si es tenedor, <span style="text-decoration:underline;">interdicto de recobrar</span> si es poseedor hace menos de un año o <span style="text-decoration:underline;">acción reivindicatoria</span> si es poseedor hace más de un año).</em></strong></p>
<p>Aún así existen situaciones no del todo fáciles de aclarar <em>(cuando el ocupante se niega a responder o cuando hay varios ocupantes con dichos contradictorios o cuando el ocupante inicial se va y viene otro, sólo por poner algunos ejemplos).</em></p>
<p>Esto último explica un fenómeno que para mucha gente resulta inexplicable y que ha ocurrido en varias oportunidades en Tribunales: <strong>un propietario inicia un juicio de desalojo contra un intruso, el intruso alega ser poseedor (lo cual debe probar, obviamente) y el dueño pierde el juicio y queda obligado a pagar honorarios e iniciar un nuevo juicio. </strong></p>
<p><strong><em>Podrán imaginarse la opinión que esa persona sobre la Justicia, los abogados y las leyes.</em></strong></p>
<p>No quisiera olvidarme en este artículo del aspecto penal y de un mecanismo interesante en la provincia de Buenos Aires: Nuestro Código Penal <em>–que vale para todo el país- </em>contempla el delito de usurpación y aunque lamentablemente nadie vaya preso nunca por delitos económicos como éste, el Código de Procedimiento Penal bonaerense<em> –que es un código distinto al Código Penal, es provincial y cada provincia tiene el suyo-</em> <strong>permite que el fiscal o la víctima le pida al juez el reintegro de la propiedad, debiendo el juez resolver “en el menor plazo posible” </strong>–así dice la ley-<strong>, siempre que el derecho fuera verosímil, es decir, creíble, y puede fijar una garantía a cargo del dueño</strong>.</p>
<p>Como podrán ver, aunque el tema pudiera parecer simple, tiene bastantes más vericuetos de lo que la defensa de la propiedad privada pareciera requerir.</p>
<p><strong>Por eso, más allá del objetivo didáctico de éste artículo, no puedo dejar de expresar enfáticamente mi desacuerdo frente a la clara desprotección en que se encuentra nuestro derecho constitucional de propiedad</strong> <em>(en definitiva, de esto se trata la famosa “seguridad jurídica”: a un inversor extranjero lo espanta mucho más el riesgo de pasar años para recuperar sus fabricas o locales ante una posible usurpación, que el mayor o menor valor del dólar).</em></p>
<p><strong>En mi personal opinión, los mecanismos judiciales para recuperar una propiedad de parte de quienes la ocupan sin derecho deben ser expeditivos y no exponer en ningún caso a su propietario al riesgo absurdo de perder un juicio siendo titular y con un intruso adentro.</strong></p>
<p>En fin, todo un tema, de gran complejidad jurídica y también social y política, que espero haber ayudado a esclarecer un poco.</p>
<p>Hasta la próxima…</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/325/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/325/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=325&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/09/12/desalojo-2%c2%aa-parte-intrusos-usurpaciones-%e2%80%9cokupas%e2%80%9d/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>17</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>Desalojo (Primera parte: Inquilinos)</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/07/30/desalojo-primera-parte-inquilinos/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/07/30/desalojo-primera-parte-inquilinos/#comments</comments>
		<pubDate>Sat, 30 Jul 2011 00:24:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=322</guid>
		<description><![CDATA[Este año se produjo en la provincia de Buenos Aires una reforma legislativa muy importante referida al desalojo de los inquilinos. Por esa razón me referiré a ésta hipótesis en ésta primera parte y en el próximo explicaré el de los intrusos (bastante más complicado, por cierto). Hay que empezar diciendo que el juicio de [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=322&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Este año se produjo en la provincia de Buenos Aires una reforma legislativa muy importante referida al desalojo de los inquilinos.</p>
<p>Por esa razón me referiré a ésta hipótesis en ésta primera parte y en el próximo explicaré el de los intrusos <em>(bastante más complicado, por cierto).</em></p>
<p>Hay que empezar diciendo que el juicio de desalojo <em>-que tiene como lógico objetivo la restitución de la propiedad al locador- </em>es un proceso judicial que en principio suele durar bastante tiempo, aunque este año entro en vigencia la reforma legislativa que adelantábamos y que puede abreviar mucho los tiempos de recupero de la propiedad por las razones que paso a explicar.</p>
<p><span id="more-322"></span></p>
<p>A partir de ahora se permite que una vez iniciado el juicio de desalojo y notificada la otra parte, el locador puede pedir lo que se llama <strong><em>“desocupación anticipada”</em></strong> siempre y cuando previamente ofrezca una garantía económica por los eventuales daños y perjuicios que se pudieran haber causado al inquilino en caso de que dicha desocupación haya sido mal pedida <em>(hipótesis bastante rara porque en la práctica casi siempre está bien pedida). </em></p>
<p>El monto de esa garantía patrimonial lo fija el juez de acuerdo al <em>caso (monto del alquiler, meses adeudados, etc.)</em> y lo interesante es que puede depositarse el dinero u <strong>ofrecerse la propia propiedad alquilada como garantía</strong>, lo que evidentemente simplifica mucho la cosa para el locador.</p>
<p>Una cuestión que parece obvia pero no es menor: además de la garantía que comentamos, el derecho que invoca el locador debe ser “verosímil”, es decir, creíble.</p>
<p>Dicho de otro modo, el juez puede negar la medida si el pedido le genera dudas <em>(a título personal se me ocurre que eso podría pasar en algunos casos con los contratos muy viejos, que no estén sellados ni tengan la firma certificada, que tengan hojas diferentes entre sí y sólo aparezca firmada la última o que estén todas firmadas pero las firmas parezcan muy distintas, etc.). </em></p>
<p>De todos modos me atrevo a suponer que en la mayoría de los casos los jueces van a considerar el derecho verosímil y van a hacer lugar al pedido ordenando la desocupación inmediata.</p>
<p>Un detalle de la reforma: para el caso de que el locador haya obtenido la desocupación anticipada ocultando hechos o documentos relacionados con el contrato o al pago de los alquileres <em>(por ejemplo, si oculta un nuevo contrato o una prórroga vigente del anterior o recibos de pagos de alquileres) </em>además de ejecutarse inmediatamente la garantía se le suma una multa de “hasta” $ 20.000 a favor del inquilino<em> (otra vez, me animo a suponer que van a ser casos raros pero no está de más mencionarlo).</em></p>
<p><span style="text-decoration:underline;">Una cuestión muy importante:</span> <strong>la desocupación anticipada de esta reforma se podría pedir en juicios ya iniciados, incluso antes.</strong></p>
<p>Hay que decir que esta modificación es copia textual del código de Capital Federal, que tiene éste mecanismo hace mucho tiempo y ha dado muy buen resultado.</p>
<p><strong>Prácticamente podría decirse que se trata de una especie de<em> “sentencia anticipada”.</em></strong></p>
<p>Saliendo ahora de esta reforma y pasando a un par de cuestiones generales sobre el desalojo, viene al caso hacer algunas precisiones:</p>
<p>Por un lado, si bien el juicio de desalojo se dirige contra el inquilino, también hay que demandar y notificar al garante sólo en relación a los costos del juicio. En otras palabas, si el locador pretende que el garante pague los gastos del juicio y los honorarios, hay que notificarlo. Esto es absolutamente lógico porque hace al derecho de defensa del garante, al que no se le pueden reclamar sumas de dinero resueltas en un proceso en el que no participó.</p>
<p><em>(De cualquier manera, seguramente el garante no pondrá palos en la rueda porque estará muy de acuerdo en que desocupen la propiedad cuanto antes para que no se incremente la deuda). </em></p>
<p>Otra cuestión interesante del juicio de desalojo es que, contrariamente a lo que suele creerse, no sólo puede iniciarlo el dueño registral de la propiedad <em>(es decir, el que figura en el Registro de la Propiedad)</em>, sino cualquier persona que pueda firmar el contrato como “locador” <em>(por eso utilicé esa palabra en todo el texto). </em></p>
<p>Los casos más comunes: los herederos, el usufructuario <em>(el que tiene el “usufructo”, bastante común cuando se hacen donaciones de padres a hijos), </em>un apoderado, el garante<em> (interesado en que no suba la deuda)</em>, un consorcio cuando se trata de ocupantes no propietarios que incurre en alguna violación reglamentaria o legal, e incluso el propio inquilino contra el subinquilino en el caso de subalquiler.</p>
<p>Siendo el desalojo un tema tan amplio y tan sensible no pretendo haberlo agotado pero me interesaba dar un pantallazo y comentar esta muy importante modificación legal.</p>
<p>Recordando una vez más que en el próximo artículo hablaré del caso de los intrusos, no quisiera terminar sin reiterar algunas reflexiones que ha hice en alguna otra oportunidad en anteriores artículos:</p>
<p>Soy consciente que al elogiar los desalojos rápidos y promover las desocupaciones inmediatas pueda haber gente que se encuentre en situación de probable desalojo y se sienta incómoda frente a mis palabras.</p>
<p><strong>Lo cierto es que</strong><em> -al revés de lo que se cree-</em><strong> la demora en los desalojos perjudica especialmente a los inquilinos y futuros inquilinos.</strong></p>
<p><em>¿Por qué?</em></p>
<p><strong>Porque la histórica demora en desalojar inquilinos morosos llevó a muchos propietarios a no ofrecer su propiedad en alquiler y a muchos más a endurecer las exigencias sobre las garantías.</strong></p>
<p>De hecho, los difíciles requisitos respecto a las garantías existen no tanto por miedo a que el inquilino no pague, sino por miedo a que se quede mucho tiempo sin pagar.</p>
<p>Dicho de otra manera, si un propietario tuviera la certeza de que a un inquilino que no paga lo desaloja en poco tiempo, no le molestaría tanto perder dos o tres meses de alquiler y sería mucho más flexible con las garantías que pide.</p>
<p><strong>Por todo eso estoy absolutamente convencido de que esta reforma y todo mecanismo que permita desalojar rápidamente a un inquilino beneficia directamente al gran universo de inquilinos porque le quita el miedo a alquilar a los propietarios y afloja mucho las exigencias respecto a las garantías.</strong></p>
<p>Cabe resaltar también algo evidente pero no siempre tenido en cuenta por mucha gente: <em>cada día que una persona se queda sin pagar en una propiedad, su dueño pierde plata, lo que significa que un particular subsidia a otro particular directamente y contra voluntad, lo cual es claramente inaceptable.</em></p>
<p><strong><em>Y finalmente, más allá de sentimentalismos y situaciones personales, las obligaciones están para cumplirse y antes de un desalojo hay siempre una obligación incumplida.</em></strong></p>
<p>Hasta la próxima…</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/322/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/322/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=322&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/07/30/desalojo-primera-parte-inquilinos/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>7</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>El contrato prenupcial y el inventario</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/06/29/el-contrato-prenupcial-y-el-inventario/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/06/29/el-contrato-prenupcial-y-el-inventario/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 29 Jun 2011 23:33:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=315</guid>
		<description><![CDATA[La separación de dos famosos como Zaira Nara y Diego Forlán y el espectacular acuerdo de divorcio de Mel Gibson pusieron en el tapete el tema de los llamados “contratos prenupciales”, es decir, contratos que los futuros esposos firman antes de casarse, y generalmente sobre cuestiones patrimoniales. Hay que empezar diciendo que lamentablemente en Argentina [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=315&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La separación de dos famosos como Zaira Nara y Diego Forlán y el espectacular acuerdo de divorcio de Mel Gibson pusieron en el tapete el tema de los llamados<em> “contratos prenupciales”,</em> es decir, contratos que los futuros esposos firman antes de casarse, y generalmente sobre cuestiones patrimoniales.</p>
<p>Hay que empezar diciendo que lamentablemente en Argentina esos contratos están prohibidos.</p>
<p>Digo “lamentablemente” porque una vez más vemos las leyes diciéndonos qué hacer y qué no con nuestro patrimonio y nuestros afectos, siempre con la presunta idea de “proteger” al débil. Y una vez más, como casi siempre que el Estado quiere “proteger” a alguien, logra exactamente lo contrario.</p>
<p><em>¿Por qué?</em></p>
<p><span id="more-315"></span></p>
<p>Porque la prohibición de hacer contratos prenupciales sobre el patrimonio es una de las razones más frecuentes por las que mucha gente no se casa <em>(por supuesto, se mantiene oculta y se disfraza con otra).</em></p>
<p>Este fenómeno suele verse más claramente en gente adulta o mayor y con cierto patrimonio, generalmente ante la posibilidad de un segundo matrimonio.</p>
<p>Y si el objetivo de la ley es evitar que “el fuerte” <em>(el que tiene más patrimonio y más información) </em>abuse del “débil”<em> (cuestión que debiera ser absolutamente privada y que no es lógico presumir cuando la gente está por casarse),</em> lo único que se logra es que ese “débil” no tenga ningún derecho porque “el fuerte” no se quiere casar.</p>
<p>No dudo que en nuestra sociedad latina a muchos les resultará chocante firmar un contrato antes de casarse y que lo ven con malos ojos. Es una posición atendible pero en todo caso se le debe permitir a quienes no piensan así y voluntariamente deciden firmar un contrato.</p>
<p>Y en todo caso, recordando algo que ya dije alguna vez en algún artículo anterior, mucha gente se pregunta <em>“si hay amor por qué firmar papeles?”,</em> lo cual suena razonable pero por mi parte me pregunto, justamente,<em> “si hay amor por qué no firmar papeles?”.</em></p>
<p>A pesar de todo esto, hay una figura jurídica que sí permite nuestra legislación y que prácticamente no se usa por desconocimiento pero que puede ser extremadamente útil en muchas situaciones.</p>
<p>Me estoy refiriendo al <strong>“inventario”.</strong></p>
<p>Como su nombre insinúa, el inventario es la posibilidad de designar los bienes que cada uno de los dos contrayentes lleva al matrimonio.</p>
<p>La diferencia con el contrato prenupcial es que éste último prevee situaciones a futuro y permite que las partes pacten libremente un montón de cosas, mientras que el inventario es más bien estático y las partes no pactan nada, sino que simplemente mencionan los bienes que traen al matrimonio.</p>
<p>Hay muchas situaciones muy frecuentes en las que el inventario puede ser extremadamente útil, como cuando se discute si una cosa es ganancial o propia <em>(esto puede parecer raro con las cosas registrables como las propiedades o los autos, pero es más probable en casos de objetos de valor, muebles, obras de arte, etc.) </em>o cuando se discute el mayor valor agregado a una propiedad<em> (el clásico caso del terreno comprado de soltero sobre el que se edificó durante el matrimonio)</em> o cuando se discute el valor de un fondo de comercio iniciado antes del matrimonio pero que se incrementó después.</p>
<p>Además, el inventario no sólo permite designar los bienes e incluso valuarlos, sino que incluso permite designar las deudas que traen los futuros esposos, lo que puede ser útil en caso de futuras refinanciaciones o cancelaciones durante el matrimonio.</p>
<p>Resumiendo este tan interesante tema, en nuestro país está prohibido el contrato prenupcial pero permitido el inventario prenupcial de bienes.</p>
<p>Espero haber contribuído algo con esta nota a la transparencia de las relaciones.</p>
<p>Hasta la próxima…</p>
<p>&nbsp;</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/315/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/315/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=315&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/06/29/el-contrato-prenupcial-y-el-inventario/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>7</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>El &#8220;bobo&#8221; de Marcelo</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/05/29/el-bobo-de-marcelo/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/05/29/el-bobo-de-marcelo/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 29 May 2011 22:28:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[CUENTOS JURIDICOS]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=311</guid>
		<description><![CDATA[Marcelo y Alejandra llevaban juntos 32 años. Se habían conocido en la Universidad, y desde entonces habían forjado una linda familia con dos hijos, Sebastián y Agustina. Por esas cosas de la vida, no se habían casado. En parte porque habían empezado a convivir bastante rápido, en su momento más por ahorrar un alquiler que [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=311&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-family:Times New Roman;">Marcelo y Alejandra llevaban juntos 32 años. Se habían conocido en la Universidad, y desde entonces habían forjado una linda familia con dos hijos, Sebastián y Agustina. Por esas cosas de la vida, no se habían casado. En parte porque habían empezado a convivir bastante rápido, en su momento más por ahorrar un alquiler que por otra cosa. En parte porque los gastos del pequeño Sebastián, que llegó sin aviso, impedía afrontar los enormes costos de una fiesta. Y en parte, en definitiva, porque “los papeles” no hacen la diferencia. Ellos estaban bien, los chicos estaban bien y eso era lo importante.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">Pertenecían a la muy imprecisa “clase media”. Vivían en un cómodo departamento de cuatro ambientes, tenían un lindo auto y Marcelo contaba con un trabajo bueno y relativamente estable.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">El peor momento que había vivido la familia en los últimos años fue cuando poco tiempo atrás Marcelo tuvo un infarto que casi lo pasa a mejor vida, aunque el destino le reservó una segunda oportunidad. Con 57 años, fumando medio atado de cigarrillos por día, amante de los asados, con cierta tendencia al estrés y olvidado de la actividad física, pertenecía claramente a un grupo de riesgo y el lo sabía. Como sabía que no tomar alcohol no cambiaba mucho las cosas, salvo para intentar una infantil defensa cuando Alejandra o los chicos lo retaban porque no se cuidaba. Pero después de todo, el incidente había pasado y él parecía estar bien. Un día que se había hecho un hueco para tomar un café con uno de sus dos mejores amigos, comenzaron a hablar de “bueyes perdidos” y derivaron en un diálogo que terminaría influyendo en la vida de todos los miembros de la familia. Su amigo se llamaba Eduardo y en cierto momento le pregunta:</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"><span id="more-311"></span></span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"> </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Che, como andás del “bobo”?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bien, qué se yo…tampoco quiero andar haciendo un drama de eso ni preocupar a Ale y los chicos. Me canso un poco a veces y me agarro alguna que otra calentura pero todo bien…ya pasó</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No seas gil! Parece que no le das bolilla pero es grave, te cuidás un poco más ahora?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y si. Renuncié a las chicas de 20</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Dale loco, en serio. Vos te hacés el macho pero estas cosas aparecen de la nada. No quiero ser dramático pero pensaste en acomodar las cosas por si te morís?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ya me querés matar? Qué querés que acomode? El cajón? Si me muero no tengo nada que acomodar</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Para un cachito! Podemos hablar en serio? Si esto no lo hablás con un amigo no lo hablás con nadie. Me vas a dar escuchar un minuto?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Dale, a ver…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Pensaste en cómo va a quedar tu familia si pasás a mejor vida?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Qué se yo? Supongo que mis hijos me llorarán un poco…espero.Y después seguirán con su vida. Y Alejandra la tendrá que pelear como pueda, se entretendrá con los nietos, capaz que forma pareja….qué se yo!  Mirá las cosa que estamos hablando, che!! Dejame de embromar!!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Pará, pará, pará. Dijiste que me ibas a dar bolilla y ya tirás la toalla. Podés calmarte y hablar un poquito bien?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Tá…dale…a ver a qué querés llegar</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Te la hago corta: la guita. La casa y el auto…, no tenés nada más, no?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No, querés que tenga una cuenta en Suiza, ahora? Lo único que tengo es la casa y el auto</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Que pensás que va a pasar con la casa si te morís?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Los chicos se la van a dejar a Ale hasta que se muera ella. Y después se la repartirán</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Estás seguro?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Completamente loco! Me estás haciendo calentar! Qué familia te crees que tengo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perdón, perdón!! Tenés razón! Encaré mal el tema, no me malentiendas, pero no se trata de tu familia, que es maravillosa y me consta</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y entonces de qué se trata?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- De la vida…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No entiendo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Vos estás confiando en que los chicos le van a permitir vivir a Ale el resto de su vida, no es así?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Claro! Son mis hijos y los conozco. Y ella es su madre. Cómo no voy a confiar?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Está bien, Marcelo. No te calentés. Vamos de nuevo. Tu intención es que Ale tenga un techo el resto de sus días, no?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Lógico. Los chicos son jóvenes, y tienen toda la vida por delante, pero ella no va a poder salir a laburar a ésta edad</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy bien. No te parece que tendrías que darle a Ale algo más que la confianza en que los chicos la van a dejar en la casa? No te parece que tendrías que dejarle alguna herramienta más sólida por las dudas?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No te parece una “herramienta sólida”, como decís vos, el amor de sus hijos?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No se trata del amor de tus hijos. Como te dije hoy, se trata de la vida y sus vueltas. De los terceros. De los yernos, las nueras, los acreedores, los amantes. Voy a ser más claro: vos no sabés que va a ser de la vida de tus hijos, y el día de mañana ellos pueden tener deudas grandes, dejar alguna amante despechada que les quiera sacar todo, pelearse entre ellos y un montón de cosas más. Y cualquiera de esas cosas puede afectar a tu jermu.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Está bien. Tenés razón, pero no entiendo Qué querés que haga? No puedo proteger a Ale de todo el mundo!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No, no, no. Simplemente se trata de mejorar todo lo posible su posición. No te parece que cualquier decisión en ese sentido vale la pena?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Si, es cierto. Me molesta reconocerlo pero tenés razón en eso de que puede haber situaciones en que no alcance sólo con el amor de sus hijos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Vamos Marcelito todavía! Ahora que te está saliendo el racional oculto que tenés adentro, me permito agregar algo y no te calentés, pero se trata de defender a Ale de los terceros e incluso, en ciertas situaciones, de sus propios hijos a pesar del amor que le puedan tener</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No entiendo por qué decís eso! Por qué pensás que los chicos pueden dejar de amarla!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No pienso eso para nada. Digo que en ciertas situaciones, aún a pesar de su amor, los chicos quizás no la puedan defender y hasta quizás deban perjudicarla</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No puedo imaginar una situación así</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Marcelo…si alguno de los chicos mañana necesita plata para operar alguno de sus hijos y puede vender la casa, no pensás que, con todo el dolor del mundo, lo va a hacer aunque tu mujer se quede sin techo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">-…Bueno, vos también! En una situación así, Ale estaría de acuerdo…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cierto. Porque te puse un caso extremo. Y si te pusiera casos menos dramáticos, al menos en teoría. Y si alguno los chicos necesitara plata para evitar el remate o desalojo de su familia por deudas, o si la necesitaran para hacer “el negocio de sus vidas”, o si le salieran de garante del alquiler a un amigo y no paga, o si atropellaran alguien con el coche o si…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bueno, bueno, bueno. Me convenciste, pero no quiero ni pensar en eso. Qué querés que haga?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Justamente lo que no querés hacer. Quiero que por una vez pienses en eso y vayas a ver un abogado amigo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Dejate de embromar…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Pará, pará. Es muy amigo mío, se dedica a éstas cosas, y si yo le digo que vas vos, no te va a cobrar. Es un tipo macanudo y muy accesible. Te va a dedicar el tiempo necesario y podés preguntarle lo que quieras… Me hacés y te hacés el favor de ir? Acá tengo el teléfono. Es un ratito. Lo llamás, arreglás un día, te perdés media horita y no te molesto más.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bueno dale…no se porqué “cazzo” te escucho</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Así me gusta. Tomá y llamalo que yo le aviso</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Gracias. Después te cuento</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Buenísimo. Suerte…Ah, che, si la consulta te sirve no seas ratón y llevale una botella de buen vino!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Andá..! Me voy que ya por hoy fue suficiente…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"> </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">Así se fueron los dos con sensaciones encontradas. Eduardo satisfecho por haber convencido al amigo, pero con una pequeña molestia interna por miedo a haber ido demasiado lejos; después de todo, quién era él para meterse en la vida de los demás? De todos modos confiaría en que a Marcelo le hubiera sido útil la charla y confiaba en que no se le fuera la poca convicción que tenía antes de ir al abogado. Por su lado, Marcelo se fue bastante perturbado, aunque con la extraña sensación que estaba haciendo lo correcto. Se sentía racionalmente agradecido a Eduardo por su genuina preocupación, aunque muy dentro suyo se sentía algo molesto por no haber sido él mismo quien pensara antes en su familia. Cómo se le había escapado? Cómo podía haber sido tan soberbio? De qué le había servido la intensa vida social que había llevado y los numerosos conflictos familiares y de los otros que había escuchado? Por un momento se le pasó por la cabeza no ir al abogado, olvidar el tema y atribuírlo a una bienintencionada paranoia de Eduardo, pero nada más. Sin embargo, se dijo a sí mismo que si no consultaba ahora no lo haría más, y como en aquellos tiempos de la adolescencia en que tomaba fuerza para acercarse a una chica, se obligó a ir a hacer la consulta.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">El Dr. Pericles no parecía abogado. Agradable, en el límite mínimo de la elegancia, con una oficina razonablemente limpia, pero a la que no se le agregaba un adorno hace años. “Este tipo es un chanta o un capo”, pensaba Marcelo, descartando todo término medio. En cualquier caso, daba la sensación que se le podía hablar libremente y esperaba que le respondiera con franqueza. Fue así que tras las presentaciones de rigor, el abogado entró en tema.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"> </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bueno…lo escucho…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No le adelantó nada Eduardo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy por arriba. Quiso ser respetuoso y dejar que Ud. se exprese, así que haga de cuenta que no sé nada</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bien. Para ser breve, tengo una esposa y dos hijos y cómo hace un tiempito tuve un infarto medio feo, Eduardo me convenció de que lo consultara para ordenar mi patrimonio por si algún día la Parca me llama, vio cómo son estas cosas…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Seguro. Y con la Parca no hay apelación que valga… Yendo a lo nuestro, está casado con su esposa?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No pero estamos juntos hace 32 años, así que es lo mismo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Lamento decirle que no</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cómo no? Después de los cinco años de convivencia no se igualan los derechos de los concubinos con los de los esposos? No es como estar casados?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No. Los concubinos tienen algunos derechos en ciertas situaciones muy puntuales pero no se dividen los bienes ni se heredan entre sí</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Queeé? Si yo me muero a mi mujer no le corresponde nada?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Mientras no estén casados, nada en absoluto. En esto puedo ser contundente</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Aunque hayamos estado 32 años juntos?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Exacto. Es irrelevante la cantidad de años. Para la ley se hereda o no se hereda. En el caso de lo concubinos, al menos hasta hoy, no se heredan</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Tampoco influye que hayamos tenido hijos?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Tampoco</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Pero si yo siempre escuché que después de cinco años de convivencia es igual a estar casados! Se lo escuché a muchísima gente</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Mire, la gente dice tantas cosas…Dicen que hay siete mujeres por cada hombre…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Sí, pero yo conozco algunos que están convencidísimos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y puede ser. Los argentinos estamos siempre muy convencidos de casi cualquier cosa. El “no sé” no es nuestro fuerte, pero bueh…así son las cosas</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Disculpe que insista, pero creo haber visto casos de personas no casadas que se murieron y su pareja siguió en la casa</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Puede ser perfectamente porque no hubo conflictos familiares y todos dejaron seguir viviendo al sobreviviente en la misma casa, lo que a los ojos de un tercero puede hacer creer que esa persona heredó, pero no es así. También podría ocurrir que al momento de la muerte hubiera hijos menores, únicos herederos en éste caso, pero el concubino que quedó vivo administra la propiedad en su calidad de padre de los herederos, pero no de heredero él mismo.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Entiendo…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Aprovecho, dígame, sus hijos son mayores?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Siii, ya tienen su vida hecho y todo. Estoy esperando ser abuelo, pero estos desgraciados se toman su tiempo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ja…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Entonces, doctor, volviendo a lo nuestro, qué opciones tengo para que mi mujer no quede tan expuesta?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Antes de responderle tengo que tener bien en claro dos cosas: primero necesito que me diga con la mayor precisión cuál es su patrimonio, y segundo, necesito saber con certeza cual es su voluntad; quien quiere que use o se quede con su patrimonio luego de su muerte</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Eso lo tengo claro! Quiero que mi casa la use mi mujer hasta su muerte y después pase a los chicos. Mi patrimonio es sencillo: tengo un departamentito y un autito</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Los dos a nombre suyo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Si</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bien…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Entonces, doc, qué opciones tengo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bueno, la primera que se me viene a la cabeza es casarse</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Qué?&#8230;Ja!&#8230;Ni se me había cruzado por la cabeza. A Ud. no lo habrá enviado mi mujer, no? Me parece que esto es un complot entre ella, Eduardo y Ud.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ja, ja…Me acaba de dar una excelente idea. Seguramente ganaría más plata </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Entonces, si nos casamos, el departamento le queda a ella?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No, le quedaría…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- La mitad, claro, porque estaríamos casados</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No, le quedaría un tercio porque…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cómo un tercio? Quien hace las leyes en éste país?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Si me deja terminar le explico</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perdón, soy todo oídos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cuando una persona se muere, para saber como se reparten las cosas hay que dividirlas en dos grupos: las gananciales, que son las que se compraron después del casamiento, y las propias, que son las que se compraron antes del casamiento o las que se recibieron durante el matrimonio gratis, como una herencia o una donación. De los gananciales, la mitad corresponde al viudo, en su calidad de dueño y no de heredero, y la otra mitad corresponde exclusivamente a los hijos. Subrayo exclusivamente porque el viudo no hereda sobra la mitad ganancial del muerto. En cambio, las cosas propias, las no gananciales, se reparten por partes iguales entre los hijos del muerto y el viudo. Me siguió?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perfectamente. Por eso un tercio. O sea que si yo hubiera tenido cinco hijos, a mi mujer le quedaba sólo la sexta parte del departamento?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Exacto. Siempre que sea propio y no ganancial, por supuesto</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Claro. Si es ganancial es mitad cada uno sin importar la cantidad de hijos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Exacto</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Qué lo parió! No tenía la menor idea de que fuera así</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No tiene por qué tenerla. De hecho, con lo que acaba de aprender sabe más que algún que otro abogado.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Je…bueno…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Lo veo pensativo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y…si, doc. Con una mano en el corazón, mi mujer es de fierro, pero no me convence casarme. No quisiera decirle la verdadera razón y no puedo hacer toda una farsa como si el casamiento fuera una decisión sentimental, cuando en realidad sería una decisión legal o económica. Además, no sé cómo se los diría a los chicos…Casarse a esta edad? “Qué te pasa, papá?”&#8230;no sabría como responderles: no puedo decirles la verdad ni soportaría ocultárselas. Eso para empezar, sin contar como encaro a mis amigos, familia, la plata, porque alguna fiesta habría que hacer…no se si me entiende, doc.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perdóneme, Marcelo, pero tengo la sensación que Ud. habla como a la defensiva, un poco dando explicaciones, un poco buscando mi aprobación o mi comprensión…Voy a serle claro: no estoy para juzgarlo y no me debe explicaciones ni a mí ni a nadie. Si no se quiere casar no lo haga y no se quede con ninguna culpa. Me parece bien que no se quiera casar y me parecería bien que se quiera casar. Y si algo no me pareciera bien, a Ud. le tendría que importar tres pepinos mi opinión. Yo lo ayudo con el aspecto legal y Ud. decidirá en el aspecto familiar y personal. Tampoco tiene que decidirlo hoy. Puede pensarlo tranquilo antes de decidir, así que relájese y no tema decir o hacer lo que siente.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Le agradezco mucho, doctorazo…Ud. es abogado o psicólogo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ja, ja…gracias</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bueno, tenemos alguna otra alternativa?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Una posibilidad es hacer un usufructo a favor de su mujer sobre la casa</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Algo me suena, tengo la sensación de que alguna vez lo pensamos y no me acuerdo por qué no lo hicimos. Cómo funciona la cosa?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- El usufructo es una figura jurídica que le permite a una persona que no es la dueña de la propiedad actuar casi como si fuera la dueña. Menos vender puede hacer casi cualquier cosa. Puede habitarla, puede alquilarla y cobrar los alquileres, puede hacer algunas reformas</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Pero el dueño es otro…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Exacto</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y en mi caso, si sigo siendo el dueño y mañana tengo una deuda grande y un acreedor me hace juicio, que pasa con el usufructo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Se mantiene. En un eventual remate el comprador debe respetarlo y a su mujer no la podrían sacar</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ah, es bastante fuerte…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Si, siempre que se trate de deudas posteriores, por supuesto. Para los acreedores anteriores al usufructo esto no vale.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Lógico. Y cómo se hace el usufructo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ante escribano. En una escritura pública que luego se inscribe en el Registro de la Propiedad, así que es muy seguro. Tienen que ir el dueño, en este caso Ud., y el usufructuario, en este caso su mujer, y listo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ajá…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Lo veo pensativo de nuevo…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Si. No sé muy bien como preguntar esto?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Sin miedo, hombre! Todo lo que hablemos está protegido por el secreto profesional. Además en esta clase de tema un buen asesoramiento depende no sólo de las variantes jurídicas sino del conocimiento de la situación familiar y los deseos personales, incluyendo los que uno nunca comenta, y que son los más difíciles de mencionar</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy cierto. Estaba pensando dos cosas: primero, una propiedad con usufructo se puede vender?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Jurídicamente sí, aunque en la práctica va a ser casi imposible, porque el comprador tiene que tolerar al usufructuario. A menos que tenga noventa años o esté en coma cuatro o la compre por dos pesos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Es lo que imaginaba…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y en qué otra cosa pensaba?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- En si existe la posibilidad de dar marcha atrás en cualquier momento con el usufructo y suprimirlo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- En principio no. Unilateralmente y simplemente “porque sí”, sin causa alguna, no puede</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- O sea que, y me siento terriblemente mal al decir esto, y le pido que no me interprete mal, pero de alguna manera quedo “preso” de mi mujer. Corríjame si no es así</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Exacto, no hay nada que corregir. Una vez más le recuerdo que yo no estoy para interpretar sus palabras o sentimientos, ni para juzgar sus conductas. Ud. debe sentirse completamente libre de tomar las decisiones que quiera respecto a su patrimonio, su familia, y, sobre todo respecto a Ud. mismo. Comprendo su molestia, que en mi opinión es producto de una sociedad extremadamente familiera, en la que todos nos creemos con obligaciones para con todos y todos nos metemos en la vida de todos. Paradójicamente, esta tremenda presión social es la semilla de todos los conflictos familiares. Suponemos que podemos complacer a nuestros padres, esposos e hijos simultáneamente, a la vez que los protegemos de nuestros acreedores sin defraudarlos y todo eso debe ser compatible con nuestros más íntimos sentimientos y al mismo tiempo todo dentro de la ley. Imposible. Decida lo que decida, aunque no decida nada, alguien va a quedar disconforme. Si no es su mujer, serán sus hijos, o alguno de ellos, o sus acreedores o, en definitiva, Ud. mismo, así que no tenga miedo de preguntar y disculpe esta pseudo clase sociológica</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No, no, al contrario. Me sirve mucho para…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perdón, pero ya que estoy embalado y con esto no lo molesto más, no quisiera olvidarme de un concepto que para mí es clave: estamos hablando de “su” patrimonio, “su” familia, “sus” sentimientos y en definitiva, “su” vida. Nuestra sociedad nos presiona para que pensemos siempre en los demás: papá, mamá, mi esposo, mi esposa, los chicos, mis hermanos, y nunca pensamos en nosotros mismos. Ahora Marcelo, piense en lo que “Ud.” siente, expréselo libremente y actúe en consecuencia!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Gracias, doctor. Con este empujoncito me convenció de no hacer el usufructo. Quiero sentir libertad sobre mi departamento.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Me parece excelente. Hay una variante interesante de esto que hablamos: Ud. podría dejar un testamento en el que impone el usufructo sobre el departamento a favor de su mujer, pero para después de su muerte</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cómo, cómo, cómo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ja! Raro, no?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Si, cómo sería?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ud. hace un testamento en el que expresa su voluntad de que se constituya un usufructo sobre la casa a favor de su mujer sin alterar los porcentajes de sus hijos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y el día de mañana ella podría vender el usufructo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No. El usufructo no se puede vender</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- O sea que ella no podría hacerse de efectivo.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Exacto. Sólo se garantizaría poder seguir viviendo de por vida</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Le hago una pregunta que parece que no tiene que ver, pero creo que me acordé ahora la razón por la que no hicimos un usufructo antes: una propiedad con usufructo es aceptable como garantía de un alquiler?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y…no. Por lo que le decía hoy, es muy difícil de rematar a un precio mínimamente razonable, con lo cual el dueño casi no tiene garantía en caso de que el inquilino no le pague; pero, a qué viene esto?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- A que mis dos hijos todavía alquilan y la única garantía que tienen somos nosotros. Casi cada año, entre los dos, nos piden la casa de garantía para renovar los contratos. Por eso es que queremos la casa “limpia” y por eso fue que no hicimos nada nunca</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ah… entiendo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Por eso, si yo le dejara el usufructo por testamento estamos en la misma, no?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y…si</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Entonces mejor descartar esta opción. Una última duda, doc: si yo le hubiera dejado el usufructo por testamento, los chicos no podrían hacer ningún reclamo? Imagínese que mi mujer vive treinta años mas, no es lo mismo recibir una propiedad ahora, sin que puedan habitarla ni venderla ni alquilarla, que recibirla en treinta años, no?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Tiene razón. Acaba de encontrar una excelente muestra de las incoherencias que genera una legislación excesivamente intervencionista y familiera como la nuestra. Muy buena observación y la verdad es que el riesgo existiría, ya que no existe una respuesta jurídica definitiva a esa cuestión</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Más razón para descartar la alternativa. Se le ocurre alguna que elimine toda posibilidad de conflicto?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">-Eso imposible. No me haga filosofar de nuevo, pero le recuerdo que los conflictos hacen a la naturaleza humana. Si a eso le sumamos nuestra enmarañada legislación, las relaciones familiares y la seducción que ejerce la plata, ni hablar.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Está bien, no se me enoje!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No me enojo, sólo reitero una cuestión que por lo que veo es difícil de entender, pero yendo a su pregunta, está la opción de dejarle una parte de su departamento por testamento</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Por qué “una parte”?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Porque según nuestra ley hay ciertos herederos que tienen una porción del patrimonio asegurada, y que no pueden ser desplazados. Nosotros no tenemos el sistema que vemos en las películas yanquis, en las que cualquiera le puede dejar todo a cualquiera y por ahí alguien le deja un millón a la amante y nada a los hijos. En Argentina, en el caso en que hay hijos, como el suyo, reciben sí o sí, y como mínimo, el ochenta por ciento. Se puede hacer un testamento dejando el otro veinte por ciento a quien uno quiera, incluyendo a uno de sus propios hijos por sobre los demás</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- O sea que no le puedo dejar más del 20 % del departamento?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Para ser precisos le puede dejar el 20 % de su patrimonio, lo que incluye el departamento, las cosas de valor que hay adentro, el auto, el efectivo que pueda haber dejado y cualquier otras cosa que pueda haber</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No se crea que hay mucho más, eh</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Está bien, pero la aclaración es muy importante porque las cuentas se hacen considerando el patrimonio al momento de la muerte y no al momento de hacerse el testamento, y cuanto más viva Ud. más posibilidades hay de que su patrimonio se modifique. Por otro lado, Ud. puede indicar en el mismo testamento la forma en que desea que se haya el reparto, siempre que no se afecten los porcentajes mínimos por supuesto</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No entiendo muy bien.</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Por ejemplo Ud. podría ordenar en el testamento que el auto, ciertas cosas de valor y algo de efectivo queden completamente para los chicos, de manera de incrementar la parte de su mujer en el departamento. Supongamos que su departamento vale, por decir algo, cien mil pesos, y que entre el auto y el efectivo hay veinte mil pesos más. El patrimonio total será de ciento veinte mil pesos, por lo que el veinte por ciento que le tocaría a su mujer serían veinticuatro mil pesos, equivalentes al 24 y no el 20 por ciento del departamento. No es una diferencia muy grande, pero en el testamento son un par de renglones, el precio es el mismo y todo sirve</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Bien. Para simplificar, y no marearme, supongamos que le dejo el 20% del departamento en el testamento, después de mi muerte esa parte le queda directamente a nombre de ella?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Claro. Se hace la sucesión y luego se inscribe la propiedad a nombre de los nuevos titulares y en las porciones que le corresponda. En este caso hipotético, el departamento quedaría con tres dueños: cada uno de sus hijos tendría el cuarenta por ciento, completando el ochenta del que le hablaba hoy, y su mujer tendría el veinte restante</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Le repito la pregunta que le hice hace un ratito. En el caso de yo hiciera esto, mi esposa podría vender su parte, en éste caso el veinte por ciento?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perfectamente. Una vez más le aclaro que en la práctica va a ser un poco más difícil conseguir un comprador de una parte, pero jurídicamente no hay ningún problema</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Y si los chicos no le dieran su consentimiento?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- No es necesario el consentimiento de los demás. Cuando una propiedad tiene más de un dueño, lo que se llama “condominio”, cada uno puede vender libremente su parte sin pedirle permiso a los demás; más aún, ni siquiera le debe dar preferencia</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cuantas cosas que no sabemos, eh!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- La pucha…Sumadas a las que no sabemos que no sabemos, no sabemos nada, como dijo este muchacho Sócrates</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Como le gusta filosofar, doc, eh!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Para matizar un poco…además a veces me sirve para engañar un poco y hacerle creer a la gente que sé algo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ja! Dígame, para cerrar la otra duda que tengo, en ésta hipótesis que estamos hablando, mientras todos se lleven bien, el departamento es aceptable como garantía para alquileres aunque tenga más de un dueño?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Perfectamente. Firman todos y listo</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy bien! Lo único que no me convence es la poca plata que le puede quedar a Ale en caso de conflicto. Con el 20 % del departamento no se compra nada</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- En eso tiene razón, pero no me parece el enfoque adecuado. Lo que importa acá es que no hay opción. En nuestra profesión vemos muchísima gente que por no aceptar poco se queda sin nada. En cualquier caso, ese 20 % es mejor que nada</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cierto… “Por no aceptar poco se queda sin nada”…está bien la frase, eh!</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Además le recuerdo que puede sumarse con algún otro patrimonio posterior</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Cuál? Si lo único que tenemos es lo que le conté</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Sus padres viven?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Mi vieja; mi viejo murió hace años, por?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Tiene algo su madre? </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Además de una memoria infernal, tiene el departamentito en el que vive</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Ahí está! Cuantos hermanos tiene Ud.?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Uno, pero no entiendo a que apunta</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- A que el día que muera su madre, Ud. va a recibir su mitad del departamentito de ella, y de ahí, el 20 % va a ser de Alejandra, siempre que se decida a hacer el testamento y se muera antes</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Aaaaaah, entiendo. Está bien. Todo suma. Si a Ale le queda el 20 % de nuestro departamento, que puede ser el veintipico por ciento si le dejo el auto a los chicos, más el diez por ciento del departamento de mi vieja, que es mi 20 por ciento de la mitad, la cosa va teniendo color</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- A eso apuntaba</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Estoy casi decidido, pero tengo una última pregunta: después de hacer un testamento, puedo arrepentirme y dar marcha atrás?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Absolutamente! El testamento se puede revocar en cualquier momento las veces que Ud. quiera y de forma muy simple y rápida</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Listo! Decidido! Me convenció, doc! Vamos a hacerlo! Cuando lo puede tener listo?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Necesito los datos de la propiedad, de sus hijos y de su mujer y tres testigos que tienen que firmar el testamento en la escribanía. Cuando los tenga combino con el escribano y le aviso, pero de todos modos si me espera un cachito, le muestro como va a quedar mas o menos la cláusula</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- A ver…</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Acá la tengo. Queda redactada como si lo hubiera escrito el escribano, así que después de las formalidades del encabezamiento, donde dice la ciudad, la fecha, los datos suyos y de los testigos, quedaría más o menos así:</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"> </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">“Que en pleno uso de sus facultades mentales (Ud.) instituye heredera a Alejandra por toda la porción disponible que permita la ley sobre su patrimonio, por haber sido su leal compañera de vida y madre de sus hijos. Expresa su voluntad de que la porción que le resulte adjudicada se compute totalmente sobre la propiedad ubicada en calle…., debiendo asignarse el resto de los bienes a sus hijos, Sebastián y Agustina. A efectos de interpretar el presente testamento, el compareciente manifiesta expresamente su intención de que se tomen las medidas necesarias para que a Alejandra se le atribuya la mayor parte posible del patrimonio, como así también de que se le garantice, en la medida de lo jurídicamente posible, la posibilidad de vivir en el mencionado departamento”</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"> </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy bien, pero tengo una duda: por qué no dice expresamente el 20 %?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Por si en el futuro hay alguna reforma legislativa que incremente el porcentaje, de manera que le pueda quedar más</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy bien! La piensan todas, eh! Y si pasa al revés? Si se reduce ese porcentaje?</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- En primer lugar, sin ningún fundamento racional y basado sólo en mi intuición, le digo que creo casi imposible que eso pase. Sin embargo, si pasara, no hay mucho que podamos hacer al respecto, y así su testamento quedaría plenamente vigente y su mujer recibiría lo que la ley permita en ese momento</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Impecable! Mañana le paso todos los datos y dele para adelante</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Muy bien </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Un gustazo, y hasta luego</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">- Encantado y nos vemos</span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;"> </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">Así se fue Marcelo con una mezcla de sensaciones muy rara y hasta medio loca, pero muy distinta a la anterior. Había desaparecido su incertidumbre. Se sentía levemente molesto por haber estado tan seguro de conocer la ley y haber arriesgado tanto a Alejandra, pero un creciente orgullo por haber hecho lo correcto iba desplazando esa molestia. Dentro de lo que permitía la ley, las cosas le habían cerrado. No era lo ideal, pero era mucho mejor que si no hacía nada. Por un lado, se aseguraba libertad para hacer él mismo lo que quiera con su departamento mientras viviera, algo en lo que no quería pensar mucho porque lo hacía sentir culposamente egoísta. Por otro lado, se había asegurado que a su compañera de toda la vida le tocara “algo”. No gran cosa, pero en caso de algún conflicto sería de mucha ayuda. Y en todo caso, si por alguna razón no fuera suficiente, ella entendería que él había hecho todo lo posible. Y los chicos también. O eso quería pensar, por lo que no avanzaba en otra hipótesis que no fuera la ausencia total de conflicto, aunque fuera consciente de la ingenuidad que eso significaba. Prefería pensar que no habría ningún problema, en cuyo caso el testamento no cambiaría nada y el sólo habría perdido unos pesos. Si. Seguro. Eso es lo que pasaría en su hermosa familia. Y todo gracias a su gran amigo Eduardo. Debía llamarlo de inmediato para agradecerle desde lo más profundo su auténtica preocupación y su sabio consejo. Debía decirle también que le había hecho caso, así no era el único orgulloso. Una y otra vez le daba vueltas por la cabeza la gran ignorancia en la que había vivido y los conflictos que pudo prevenir. Lo consolaba pensar que mucha gente estaba en su lugar. Ignorando las leyes y exponiendo a sus seres más queridos. Más aún, no estaban como él, estaban peor. Y los divorciados? Y los que tienen hijos de más de una pareja? Y los separados de hecho? No quería “embalarse”, pero se iba convenciendo que no era mucha gente. Debían ser todos. Quién hace testamento? Quien pensó alguna vez que pasaría después de su muerte? Quién iba a un abogado como había ido él? Nadie. O casi. Definitivamente, esto era todo un tema. </span></p>
<p><span style="font-family:Times New Roman;">Un súbito recuerdo interrumpió las reflexiones en las que estaba tan enfrascado: Dónde podría comprar un buen vino?</span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/311/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/311/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=311&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/05/29/el-bobo-de-marcelo/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>17</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>El mito del “me declaro insolvente”</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/04/28/el-mito-del-%e2%80%9cme-declaro-insolvente%e2%80%9d/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/04/28/el-mito-del-%e2%80%9cme-declaro-insolvente%e2%80%9d/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 28 Apr 2011 03:56:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=308</guid>
		<description><![CDATA[Con bastante frecuencia se escucha a gente que tiene algún tipo de deuda o compromiso y por alguna razón no puede cumplir, decir algo así como “de última me declaro insolvente”. …Como si fuera una solución casi mágica. Lo primero que hay que decir respecto a esto, aunque suene muy evidente, es que una persona [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=308&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con bastante frecuencia se escucha a gente que tiene algún tipo de deuda o compromiso y por alguna razón no puede cumplir, decir algo así como<em> “de última me declaro insolvente”.</em></p>
<p>…Como si fuera una solución casi mágica.</p>
<p>Lo primero que hay que decir respecto a esto, aunque suene muy evidente, es que una persona no <span style="text-decoration:underline;">“se declara”</span> solvente o insolvente; una persona <span style="text-decoration:underline;">“es”</span> solvente o insolvente.</p>
<p><span id="more-308"></span></p>
<p>En mi opinión, esta creencia de poder zafar de las obligaciones con una simple “declaración” obedece algo a la ignorancia jurídica y mucho a cierta tendencia a no cumplir las obligaciones asumidas.</p>
<p><strong>Dicho de otro modo, “elegir” entre “declararse” solvente o insolvente sería lo mismo que “elegir” cumplir o incumplir una obligación.</strong></p>
<p>En cualquier caso, hay que aclarar también que la insolvencia de una persona no “limpia” las deudas, como a veces parecieran creer algunas personas <em>(“me declaro insolvente y listo”, como si el </em><strong>“…y listo”</strong><em> significara que el acreedor no puede reclamar más y ya no hay de que preocuparse).</em></p>
<p>Muy por el contrario, las deudas se mantienen intactas, con intereses corriendo y gastos y honorarios que se pueden ir generando.</p>
<p>Frente a la insolvencia de un deudor, el acreedor puede pedir una inhibición general de bienes <em>(escribí sobre este tema junto al embargo en un artículo anterior, que por cierto hasta hoy es el más leído del blog),</em> que es una medida judicial que impide vender. La inhibición se ordena por cinco años pero puede ser renovada indefinidamente.</p>
<p>Y así como una persona solvente puede dejar de serlo, puede ocurrir lo contrario y una persona insolvente mejorar su patrimonio por alguna de las vicisitudes de la vida <em>(cobró una indemnización en un juicio, una herencia, consiguió un buen trabajo, puso un negocio que anda bien, etc.).</em></p>
<p>Eso explica por qué mucha gente se entera de que tiene una inhibición cuando va a hacer algún trámite <em>(pedir un crédito o una tarjeta, inscribir un auto, salir de garantía, etc.)</em> y muchas veces pregunta <em>“¿cómo puedo estar inhibido por una deuda tan vieja”?</em>, frente a lo cual salta la respuesta obvia: <em>“porque no la pagó”.</em></p>
<p>Una última y fundamental aclaración respecto a la insolvencia: <strong><em>no es un delito</em></strong>.</p>
<p>Muchas veces he escuchado a deudores llenos de culpa preguntar si podían ir presos por no poder pagar y la respuesta es un atronador NO.</p>
<p>Grábense bien esta frase: <strong><span style="text-decoration:underline;">No existe la prisión por deudas.</span></strong></p>
<p>Ni aquí ni en ningún país democrático del mundo.</p>
<p>Aunque este artículo es bastante esquemático y está expuesto a trazos gruesos, mi intención hoy era resaltar lo erróneo de la popular de <strong>“declararse insolvente”</strong> y destacar una vez más, como cada vez que puedo, la enorme importancia que tiene la responsabilidad individual y la conciencia de que las obligaciones están para ser cumplidas.</p>
<p>Espero haber aportado algo.</p>
<div>
<p>Hasta la próxima…</p>
</div>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/308/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/308/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=308&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/04/28/el-mito-del-%e2%80%9cme-declaro-insolvente%e2%80%9d/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>21</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>¿Cuando prescriben los delitos? (Cuarta propuesta)</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/04/11/%c2%bfcuando-prescriben-los-delitos-cuarta-propuesta/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/04/11/%c2%bfcuando-prescriben-los-delitos-cuarta-propuesta/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 11 Apr 2011 06:00:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Inseguridad]]></category>
		<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=305</guid>
		<description><![CDATA[Pasado un tiempo desde que se cometió un delito penal ya no se puede enjuiciar al autor. Se dice que el delito “prescribió”. Esto ocurre con todos los delitos excepto los llamados “de lesa humanidad”, que se consideran imprescriptibles, lo que permite perseguir a sus autores en cualquier momento sin importar el tiempo transcurrido (hablaré [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=305&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pasado un tiempo desde que se cometió un delito penal ya no se puede enjuiciar al autor. Se dice que el delito “prescribió”.</p>
<p>Esto ocurre con todos los delitos excepto los llamados “de lesa humanidad”, que se consideran imprescriptibles, lo que permite perseguir a sus autores en cualquier momento sin importar el tiempo transcurrido <em>(hablaré sobre estos delitos en un futuro artículo).</em></p>
<p>El plazo de prescripción de un delito es el equivalente al máximo de la pena prevista en el Código Penal. Recordemos que en ese código los delitos tienen una escala con un mínimo y un máximo de pena dentro de la cual cada juez o tribunal fija la condena, en caso de que se lo encuentre culpable.</p>
<p>A esto hay que agregarle que la prescripción no puede ser inferior a 2 años ni superior a 12.</p>
<p><em>Con esas reglas podemos poner algunos ejemplos:</em> el homicidio intencional tiene una pena de 8 a 25 años (prescribe a los 12 años), el homicidio llamado “culposo” -vulgarmente, el que se comete sin intención y dentro del cual el ejemplo más común es el ocurrido en un accidente de tránsito- tiene una pena de 2 a 5 años (prescribe a los 5), el robo con armas de 5 a 15 (prescribe a los 12), la violación de 6 a 15 (prescribe a los 12), la estafa de 1 mes a 6 años (prescribe a los 6) y así sucesivamente con los diferentes delitos, dependiendo de la pena.</p>
<p><span id="more-305"></span></p>
<p>Un caso aparte es la prescripción de los delitos que tienen pena perpetua -como el homicidio calificado, la traición a la Patria y el atentado contra el orden constitucional (golpe de Estado)- que se produce a los 15 años.</p>
<p>Hasta acá parece todo relativamente fácil, pero hay una cuestión que complica mucho todo este tema, que es la posibilidad de que durante el proceso penal se “interrumpa” la prescripción. Esto significa que el tiempo pasado se borra y se empieza a contar desde cero de nuevo.</p>
<p>Las situaciones en las que se interrumpe la prescripción están expresamente establecidas en nuestro código y son:</p>
<p>1.- la comisión de otro delito <em>(o sea que si el autor de un delito comete otro antes de que prescriba el primero, se empieza a contar de cero para los dos)</em></p>
<p>2.- el primer llamado a declaración indagatoria <em>(se cita a una persona a declaración indagatoria cuando se sospecha que cometió un delito, y como puede ser llamada varias veces, la ley aclara que sólo interrumpe la prescripción el primer llamado)</em></p>
<p>3.- el pedido de acusación o elevación a juicio<em> (lo hace el fiscal cuando cree que la investigación ya brindó pruebas suficientes y resuelve el pedido el juez, que puede aceptarlo o no)</em></p>
<p>4.- la decisión de ir a juicio oral <em>(lo decide el juez cuando cree que la investigación ya está terminada y hay suficientes pruebas para ir a juicio oral)</em></p>
<p>5.- la sentencia condenatoria, aunque esté apelada</p>
<p>Pido perdón si el último párrafo fue muy técnico pero es muy importante porque significa que cualquier movimiento o impulso del proceso que no sea alguno de los anteriores NO interrumpe la prescripción.</p>
<p>Hay mil ejemplos pero algunos: la realización de alguna de las múltiples posibles pruebas (una pericia, un allanamiento, declaraciones de testigos, reconocimientos de personas, pedidos de informes o documentación, etc.), el llamado a nueva declaración indagatoria, una apelación.</p>
<p><em>Esto explica por qué una de las estrategias clásicas de las defensas penales es entorpecer el proceso para ganar tiempo para lograr la prescripción.</em></p>
<p><span style="text-decoration:underline;">La situación más increíble de todas es la del prófugo:</span> cuando una persona se escapa la Justicia ordena su captura, pero como esa orden no está entre los casos enumerados antes, la prescripción sigue corriendo.</p>
<p>A esto se debe sumar que en nuestro país no existe la condena “en ausencia”, es decir, con el procesado prófugo, lo que significa que cuando el acusado se escapa el proceso se suspende antes de hacerse el juicio.</p>
<p><strong>Y la prescripción sigue corriendo.</strong></p>
<p>Hasta acá hablamos de la “interrupción” de la prescripción, pero también existe la “suspensión”, que significa que en ciertas situaciones se deja de contar la prescripción mientras dure determinada situación.</p>
<p>El caso más común es el de los funcionarios públicos, respecto a los cuales la prescripción se suspende, mientras ocupen un cargo aunque cambien. Esto explica porqué algunos juicios penales contra funcionarios públicos duren tanto tiempo.</p>
<p>Sin duda el tema es interesante y presenta varias complejidades que van más allá de este artículo valía la pena exponer otra de las situaciones que ayudan a explicar como muchos autores de delitos quedan impunes.</p>
<p><strong><span style="text-decoration:underline;">En este sentido comparto con ustedes alguna propuesta:</span></strong><strong> </strong><em>modificar el Código Penal incorporando el pedido de captura como interrupción de la prescripción y sumando como causa <strong>“todo avance o impulso procesal significativo”</strong>, de manera tal que una investigación no corra riesgo de prescribir por la búsqueda de pruebas o ciertas diligencias procesales.</em></p>
<p>Desde otro punto de vista, más global, creo que el tiempo mínimo de los delitos debiera ser mucho mayor al actual, de manera tal que quienes decidan violar la ley sepan que no quedarán impunes por el simple paso del tiempo, como ocurre actualmente con la mayoría de los delitos <em>(un sistema con el de Estados Unidos, persiguiendo a Roman Polansky 30 años después, envía el mensaje adecuado en el sentido del mal negocio que significa cometer un crimen).</em></p>
<p>En fin, un teman muy importante y muy descuidado a la hora de analizar las causas de impunidad de los delitos, y sobre el que espero haber aportado algo.</p>
<p>Hasta la próxima…</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/305/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/305/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=305&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/04/11/%c2%bfcuando-prescriben-los-delitos-cuarta-propuesta/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>17</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>¿A Jorge le falta un tornillo?</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/03/30/%c2%bfa-jorge-le-falta-un-tornillo/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/03/30/%c2%bfa-jorge-le-falta-un-tornillo/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 30 Mar 2011 21:27:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[CUENTOS JURIDICOS]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=300</guid>
		<description><![CDATA[La “Ferretería de Jorge” era el mas antiguo de los “boliches” del barrio, atendida por el mismo Jorge que la había fundado hace ya veintilargos años. Aunque el nombre real, que aparecía en el cartel de toda la vida pero que casi nadie conocía, era “El tornillo que faltaba”, todos la conocían por el nombre [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=300&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La “Ferretería de Jorge” era el mas antiguo de los “boliches” del barrio, atendida por el mismo Jorge que la había fundado hace ya veintilargos años. Aunque el nombre real, que aparecía en el cartel de toda la vida pero que casi nadie conocía, era “El tornillo que faltaba”, todos la conocían por el nombre del dueño. El mismo dueño que aún hoy se encontraba detrás del mostrador, al frente de un negocio tan caro a los habitantes del barrio como indiferente a los políticos de toda la vida, siempre encandilados por las grandes corporaciones. O acaso alguien podía negar seriamente que diez o quince ferreterías como la de Jorge daban igual o más trabajo que una lujosa sucursal bancaria?</p>
<p>Para ser precisos, y también justos, se trataba de algo más que de una ferretería. El empuje y perseverancia de su creador le habían permitido anexar un pequeño pero completo sector de herramientas, además de algunos accesorios eléctricos, todo lo cual hacía un comercio bastante completito, atendido por el propio Jorge y tres empleados. Jorge sentía un especial afecto por su negocio no sólo porque era su creación, sino porque le había permitido formar y mantener una familia, compuesta de su mujer Catalina y sus hijos Gabriel y Claudia. Además, le había dado la posibilidad de llegar a tener un departamentito propio para todos ellos aunque los vaivenes del país le habían impedido comprar el local de su negocio, en donde seguía alquilando gracias a su puntualidad en los pagos.</p>
<p>Un día, minutos antes de cerrar, llegó el empleado de confianza de su proveedor mas antiguo, le pagó y, ya con la persiana baja, Jorge se puso a charlar:</p>
<p><span id="more-300"></span></p>
<p>- Y… cómo anda la cosa?</p>
<p>- Mas o menos…el fin de semana murió mi suegro</p>
<p>- Uhhh, que macana, lo siento mucho, che</p>
<p>- Gracias…</p>
<p>- Qué le pasó?</p>
<p>- Un ACV, accidente cerebrovascular. De la nada. Sesenta y cinco años. Tipo joven…</p>
<p>- Cómo estará tu mujer…</p>
<p>- Destruída, imaginate. Y además del golpe, ahora tenemos por delante un problemón…el negocio</p>
<p>- Qué negocio?</p>
<p>- Mi suegro tenía un barcito y como buen gallego lo manejaba él solo. Tuvo tres hijos: mi cuñado, que no sirve ni para espiar y nunca se interesó por el boliche, mi cuñada, que se fue a España y ya hizo su vida allá, y mi mujer, que es odontóloga…</p>
<p>- Mmm</p>
<p>- Entre los tres no hacemos uno. Si es por mi mujer lo venden o de última lo cierran, pero tiene miedo que mi cuñado se quiera hacer el gran empresario y quiera seguirlo él y ahí se pudre todo. Pero mientras tanto hay que pagarle a los empleados, los proveedores, el alquiler, banco, impuestos…qué se yo. No quiero ni pensar…</p>
<p>- Claro, qué bolonqui! Muchas decisiones y encima entre varios</p>
<p>- Eso. Y yo no me puedo meter: no es mi familia…Si hubiera dejado algo más o menos ordenado, no le hubiera dejado semejante despelote a sus “amados” hijos…por cómo viene la mano, para mí pierden todo</p>
<p>- Uff</p>
<p>La que en otros tiempos hubiera sido una conversación mas o menos casual, terminó disparando un montón de emociones, temores y pensamientos en Jorge. Aunque siempre tuvo la sensación que algún día debía ocuparse de dejar las cosas en orden, aunque nunca tuvo del todo claro por qué, ni cuáles y cuán graves serían las consecuencias de no hacerlo. Pero ahora podía verlas claramente en la situación de esa familia. Definitivamente, no iba a dejarles “semejante despelote” a sus hijos. Sentía que la charla había sido muy positiva porque lo había decidido y le había dado claridad mental para actuar, pero curiosamente, experimentó una súbita urgencia para hacer algo que tuvo años para hacer, y sin ninguna complicación inminente por delante. Jorge se dio cuenta de que carecía de algo que tenían las grandes empresas y que definitivamente había que reconocerles: la planificación. La mayoría de los “bolicheros” como él abrían el negocio cada mañana y lo cerraban cada noche como si nada fuera a cambiar con el tiempo; como si el futuro no existiera. Claramente era un error, pero lo bueno era que estaba a tiempo de remediarlo poniendo manos a la obra, pero…cómo? De repente sintió una gran confusión: a dónde ir?, a quién consultar?, qué se hace en estos casos?&#8230; No muy convencido abrió la guía telefónica y llamó al primer abogado que leyó, como para no pensar demasiado…</p>
<p>- Estudio Trigolimpio, buenas tardes…</p>
<p>- Buenas tardes, señorita, quisiera tener una entrevista con el doctor por favor</p>
<p>- Cómo no! Desea adelantarme el tema?</p>
<p>- Cuestiones familiares, vio…es medio reservado</p>
<p>-  Ah, el doctor es penalista y no se dedica, pero puedo recomendarle a un colega especialista al que derivamos los casos, el Dr. Pericles. Si le parece bien, le paso los datos…</p>
<p>“Por dónde empiezo?”, “Cómo arranco?” pensaba Jorge en la sala de espera. “Ni siquiera sé exactamente que le voy a preguntar”, “No quedaré como un tonto?”, “Y si mejor me voy?”…</p>
<p>- Adelante por favor…</p>
<p>- S..si, cómo no, g..gracias</p>
<p>- Pericles, muchos gusto..el Sr…?</p>
<p>- Jorge, me llamo Jorge y me recomendaron del estudio del Dr. Trigolimpio</p>
<p>- Ah, un amigazo…, lástima que es penalista. Espero que no esté en situación de contratarlo, aunque es mejor que tenerlo en frente…</p>
<p>- No, lo mío es un tema familiar…</p>
<p>- Lo escucho…</p>
<p>- No sé muy bien por dónde empezar…en realidad ni siquiera sé muy bien que le voy a preguntar</p>
<p>- No se haga problema. Relájese, cuénteme libremente lo que le pasa y vemos sobre la marcha</p>
<p>- Bueno, mire, tengo un pequeño negocio, una ferretería de barrio, pero lo fundé hace casi treinta años y es el que me permitió fundar una familia y mantenerla hasta el día de hoy. Mi inquietud, por la que estoy acá hoy, es saber qué pasa con el negocio si yo paso a mejor vida, y de paso, ver como se pueden dejar las cosas lo más arregladas posibles. Me explico más o menos?</p>
<p>- Perfectamente…</p>
<p>- Me surgió la duda por una persona que me contaron que murió y los hijos estaban por pelearse por el negocio y odiaría que pase eso en mi familia.</p>
<p>- Clarito. Me parece muy bien que haya tomado la iniciativa; lamentablemente casi nadie se ocupa de planificar estas cosas. Estamos todos tratando de cubrirnos de crisis económicas que no sabemos si van a pasar, y curiosamente no nos cubrimos de lo único seguro en éste mundo: la muerte…y los impuesto, claro</p>
<p>- Siempre, je…</p>
<p>- Dígame, cómo está compuesta su familia?</p>
<p>- Mi mujer, un hijo de 16 años y una hija de 18 años</p>
<p>- Está casado con su mujer?</p>
<p>- Si, si, claro…legalmente</p>
<p>- Je…, está bien</p>
<p>- Perdón, no entendí, por qué sonríe?</p>
<p>- No, por nada importante, pero no puedo evitar sonreír con eso de “estoy casado legalmente”. Pareciera que no estar casado fuera ilegal. O que hubiera alguna forma de casarse “no” legalmente</p>
<p>- Ah, no lo pensé para nada…Bueno, Ud. también, no se enoje pero le da muchas vueltas a las palabras…</p>
<p>- Puede ser. Deformación profesional. Perdón. Volviendo a lo nuestro, cuál es su patrimonio?</p>
<p>- El negocio que le dije más un departamento más un autito</p>
<p>- El local del negocio es propio?</p>
<p>- No, alquilo</p>
<p>- Bien, entonces tenemos un departamento, un auto y un fondo de comercio, no?</p>
<p>- Claro</p>
<p>- Todo a nombre suyo?</p>
<p>- Si, si</p>
<p>- Bueno, ya me dijo cómo es su familia y cuál es su patrimonio, ahora falta lo más importante: qué es exactamente lo que Ud. quiere?</p>
<p>- Yo quisiera que si me pasa algo las cosas queden ordenadas</p>
<p>- Bien, qué significa “ordenadas” para Ud.?</p>
<p>- Ordenadas en general, pero lo que más me importa es el negocio, vio? Como le decía hoy, es la fuente de ingresos familiar y si se llegara a cortar toda mi familia se vería muy complicada. No quiero que mi muerte sea la muerte del negocio…</p>
<p>- Clarito. Tenemos que pensar en algún mecanismo que le dé continuidad comercial y jurídica a la ferretería</p>
<p>- Eeeeso. Ahí me va entendiendo. Que el negocio siga “vivo”. Sabe lo qué pasa, doctor, yo siento un gran cariño por mi boliche…lo quiero casi como a un hijo…</p>
<p>- Epa!</p>
<p>- Si, discúlpeme que le diga eso, pero son cosas que no puedo contar libremente. Imagínese. Si yo llego a decir esto en una reunión cualquiera soy un desalmado, un perverso materialista. Con mi familia, con mis amigos o con quien sea. “Cómo podés querer un negocio como a un hijo?”…Entiende lo que le digo?</p>
<p>- Perfectamente, pero no tenga miedo de decírmelo. En nuestro país la mayoría de las empresas son pequeñas o medianas y familiares y los sentimientos como los suyos son más comunes de lo que se puede imaginar</p>
<p>- Si? Bueno, me alegro. Muchas veces me he preguntado cómo nuestra sociedad puede ver con simpatía, y a veces incluso fomentar, el amor desbordante por un club de fútbol, una marca de coches, un cantante o un líder político, mientras condena ese mismo amor por un emprendimiento comercial que, en definitiva y por lo menos a mí, me permitió ser alguien en el mundo, algo que muchos no pueden decir de sus otros amores</p>
<p>- Qué lo parió! Muy buen argumento, eh! Por lo que veo, además de todas las cosas que hace el negocio por Ud., lo convierte en poeta</p>
<p>- Ja!</p>
<p>- Bueno, retomemos lo nuestro. Alguno de sus familiares trabaja con Ud. en el negocio?</p>
<p>- No, tengo mis tres empleados. Mi mujer es ama de casa y mis hijos estudian.</p>
<p>- Bien, empecemos con las preguntas difíciles: En su fuero íntimo, Ud. piensa que algún familiar suyo es más idóneo que el resto para manejar el negocio?</p>
<p>- La verdad es que hoy por hoy no lo tengo claro, pero tengo mis fichas puestas en mi hijo Gabriel. Ya quedamos que desde éste verano empieza a darme una mano las temporadas, como para ir metiéndose en la ferretería. Si quiere, llámeme machista, pero a Cata, mi mujer, no la puedo contar porque nunca tuvo experiencia comercial; es una buena compañera pero de números y papeles no entiende, además que lo último que haría es hacerla trabajar después de muerto…me mata de nuevo!</p>
<p>- Je! Y su hija?</p>
<p>- Claudita es una chica muy inteligente. Muy responsable además. Excelente estudiante y éste año termina la secundaria. Con el bocho que tiene puede estudiar cualquier cosa, así que mi idea es que no se meta en el negocio, que por otro lado nunca le interesó. No quisiera frustrarle sus proyectos de vida</p>
<p>- Y a Gabriel sí?</p>
<p>- Cómo?</p>
<p>- Perdón que me meta, pero lo que dijo sonó un poco feo. Con todo respeto, pareciera que quiere mantener a su hija entre algodones para que se realice en la vida, mientras que a su hijo lo manda a la trinchera sin saber bien todavía que va a querer hacer de su vida…menos mal que era machista!</p>
<p>- Y Ud. que sabe, doctor? Me va a decir a mí cómo actuar con mis hijos?</p>
<p>- No, no, no. Perdón de nuevo si lo ofendí, pero éste tipo de cuestionamientos son muy importantes porque si Ud. decide dejar algo por escrito es fundamental contemplar la mayor cantidad de variables posibles. No digo todas porque es imposible, pero sí las que se puedan. Por lo menos para que no lo puteen después que estiró la pata…</p>
<p>- Está bien, pero qué se yo que va a pasar? Y si mi hijo se casa con un millonario? O mi hija? O uno tiene cinco hijos y el otro ninguno? Cómo puedo saberlo?&#8230;Además, Ud. fue el que me preguntó quién consideraba mejor para el negocio y yo se lo dije</p>
<p>- Está bien, está bien, está bien. Tiene toda la razón. A veces me entusiasmo yo también y pierdo el rumbo. No podemos jugar a ser Dios y tratar de prever todo. Me disculpo de nuevo y, como Ud. dice, trabajemos sobre lo que tenemos…</p>
<p>- Bien</p>
<p>- Y lo que tenemos, y corríjame si me equivoco, es la decisión de que Gabriel siga dirigiendo el negocio luego de su muerte</p>
<p>- Exacto. Se puede hacer eso? Se puede dejar algo escrito?</p>
<p>- Vamos a ver si podemos a través de un testamento, pero…</p>
<p>- Cómo es eso?</p>
<p>- Después le explico bien, porque depende de otro tema que quiero encarar, y que está enganchado con lo que estamos hablando: cómo se reparte su patrimonio…</p>
<p>- Por qué, qué pasa?</p>
<p>- Porque la ley establece proporciones específicas para repartir las cosas entre los herederos y sólo se pueden modificar en un pequeña porcentaje…</p>
<p>- No importa! Perdón que lo interrumpa, pero que se divida cómo dice la ley, no quiero preferencias para nadie</p>
<p>- Está bien, pero espere un cachito. Escúcheme lo que le quiero decir y por qué esto es importante</p>
<p>- Perdón, lo escucho</p>
<p>- Cómo le decía, aunque por un lado la ley es rígida para modificar el reparto, además de que a Ud. no le interesa, lo que sí permite es dejar ordenado qué cosa le toca a cada uno, siempre que no se alteren las proporciones. Me sigue?</p>
<p>- Mas o menos. No entiendo bien a que quiere llegar</p>
<p>- A que la única forma de que Gabriel administre el negocio sería dejándoselo a él, poniendo por escrito que toda la parte que le toca se compute sobre el fondo de comercio, y aún así quizás no llegaría a ser dueño del total, dependiendo de cual sea su valor.</p>
<p>- Ahhh, creo que lo voy agarrando. Si lo entiendo, Ud. sugiere que él se cobre sobre todo el negocio y mi mujer e hijas sobre el departamento y el auto</p>
<p>- Claro, pero guarda que hay que ver los porcentajes, porque lamentablemente no todo es matemático en la vida</p>
<p>- Entiendo, entonces cómo es el tema de los porcentajes?</p>
<p>- Depende de cuando compró las cosas. Qué compró antes de casarse y qué después?</p>
<p>- El departamento y el auto los compré casados. El negocio lo tengo desde soltero</p>
<p>- Bueno, le toca la mitad del departamento y del auto a su mujer, en calidad de dueña, pero no de heredera…</p>
<p>- Cómo? Perdón que lo interrumpa, pero sólo se lleva la mitad? No hereda nada sobre mi parte?</p>
<p>- En este caso no. Cuando las cosas son gananciales, es decir, compradas durante el matrimonio, el viudo se queda con su mitad y la mitad del muerto va para los hijos. Cuando son propias, como en su negocio, se reparte por partes iguales los hijos y el viudo. En su caso, sería un tercio del boliche a cada uno de sus hijos y un tercio para su mujer</p>
<p>- Ahhh….bastante enredado…</p>
<p>- Por eso quería profundizar en esto y para tener un panorama más claro tendríamos que saber más o menos los valores</p>
<p>- La verdad no sé: el departamento podría averiguarlo con algún martillero, pero el negocio no tengo la más pálida idea. Ni siquiera sabría cómo empezar a calcularlo</p>
<p>- Está bien, no importa. Con los fondos de comercio es muy complicado y el valor depende de muchos factores que pueden cambiar de acá a que Ud. se muera. Para simplificar la cosa vayamos a la matemática: cuanto más valga el negocio, que es lo que se divide por partes iguales, más se va a acercar el patrimonio de sus hijos al de su mujer, y viceversa</p>
<p>- Claro. Matemática pura. De todos modos estimo que como están las propiedades hoy, el negocio debe valer bastante menos, aunque francamente no sabría como determinarlo</p>
<p>- Tiene algún colega de confianza?</p>
<p>- Si, dos. Con uno fuimos compañeros de pibes y nos largamos por nuestra cuenta casi juntos, cada uno en su barrio, y el otro es más joven, pero lo conocí hace casi diez años y es un muy buen tipo. Entre los tres nos cubrimos cuando andamos flojos de mercadería, y alguna que otra vez nos prestamos plata. Pero, por qué la pregunta?</p>
<p>- Porque se me ocurrió que se los podría designar para tasar el negocio llegado el caso</p>
<p>- Ah, está bien. En ellos confío ciegamente y seguro van a ayudar a mi familia.</p>
<p>- Perfecto. Entonces si le parece, podemos empezar a ordenar las cosas</p>
<p>- Si, métale nomás, que quiero acomodar un poco las ideas.</p>
<p>- Bien, primero lo primero. Todas estas vueltas que estamos dando es suponiendo que no haya acuerdo entre sus familiares, correcto?</p>
<p>- Correcto</p>
<p>- Lo que significa, dicho al revés, que si se ponen de acuerdo en una solución distinta a la suya, como que maneje el negocio su mujer o hija o contraten a alguien, no tiene que darle bolilla al testamento, me sigue?</p>
<p>- Claro…en ese caso perdí plata</p>
<p>- Exactamente! Y en estos temas es lo mejor que le puede pasar. Es como cuando uno se hace un chequeo médico y sale todo bien. Tiene esa extraña sensación de que perdió tiempo y plata, pero mejor así, no…?</p>
<p>- Es bravo, doctor, eh! Sabe venderse</p>
<p>- Je!…Son años…Volviendo a lo nuestro, me interesaba aclarar el punto porque en mi opinión no estaría de más ponerlo en el testamento para que su familia no sienta presión. La idea es que quede claro que el testamento sólo entra a jugar cuando el desacuerdo es insalvable…Si no es el caso y se acuerdan otra cosa, todos contentos…</p>
<p>- Todos contentos…</p>
<p>- Bueno, entonces tenemos que a falta de acuerdo Ud. establece que su hijo se cobre íntegramente sobre el negocio, estamos hasta ahí?</p>
<p>- Estamos</p>
<p>- Ahora tenemos que ver qué hacemos con las diferencias que queden. Seguramente no van a tener la suerte de que el valor del negocio sea equivalente justito a la parte que le toca…</p>
<p>- Seguro</p>
<p>-…con lo cual puede ocurrir que su hijo le quede debiendo a su mujer e hija o al revés, dependiendo del valor del negocio. Si queremos dejarles una solución por escrito, eso te tendríamos que dejarlo más o menos resuelto</p>
<p>- Y sí. En el caso de que mi hijo les quede debiendo no me preocupa tanto, porque podría pagarles en cuotas, pero si es al revés no se me ocurre cómo podrían pagarle mi mujer e hijas a mi hijo…</p>
<p>- Vamos por partes. Recuerde que no existe la solución perfecta, que no existe una fórmula para que todos conserven su parte, se salve el negocio, cobren enseguida y encima estén de acuerdo. Nuestra idea acá es evitar conflictos en lo posible y dejar una situación mucho mejor que la que quedaría sin testamento. En esa línea, y volviendo al caso concreto…</p>
<p>- Si, por favor</p>
<p>-…si a Ud. le parece podemos poner una directiva más o menos general mediante la cual establece que todos deberán buscar mecanismos de compensación que no resulten antieconómicos ni dificulten las posibilidades de pago voluntario, y en particular puede establecer el mecanismo de las cuotas</p>
<p>- Suena muy lindo, pero insisto con el caso de que mi hijo quede como acreedor. Cómo le pueden pagar mi mujer e hija?</p>
<p>- En el peor de los casos, no le pueden pagar y en el peor de los casos su hijo queda con un derecho a un porcentaje del departamento y en el peor de los casos lo reclama judicialmente y se pelean de por vida</p>
<p>-Ah, me deja retranquilo…</p>
<p>- Ahora piénselo así: aún en ese caso extremo que le acabo de sugerir, todos quedan en mejor posición que si no hacemos testamento. Su hijo se queda con la totalidad del negocio y con toda la libertad para manejarlo y su mujer e hijas, ante un eventual reclamo por la diferencia, deberán resignar una parte del departamento muy inferior a la que resignarían si la discusión fuera por todo. Dicho sea de paso, de esa manera salva la continuidad del negocio, que de otro modo entra en el conflicto general con grandes posibilidades de estallar, fundirse y agravar enormemente el problema para todos</p>
<p>- Si…es cierto</p>
<p>- Por otro lado, y perdón que interrumpa sus meditaciones, pensemos ahora en hipótesis más benignas, y en mi opinión, más factibles, ya que la anterior fue extrema. Bien podría ocurrir que su hijo, a pesar de quedar con un saldo a favor sobre el departamento, no lo reclame y se contente con el negocio, que implica una mayor fuente de ingreso. O al menos no lo reclame por un tiempo. Incluso otra posibilidad, que suena raro pero poniéndonos por un momento en legalistas puritanos, sería que su hijo les alquile su porcentaje del departamento a su madre e hija…</p>
<p>- Ajá</p>
<p>- En todo caso, la situación siempre va a ser mejor que sino hay ningún parámetro ni criterio para solucionar el problema</p>
<p>- Claro, eso que dice es importante. En definitiva, yo les estoy tirando pautas para solucionar las cosas si no se ponen de acuerdo, pero no tengo porque presumir lo peor</p>
<p>- Exacto. Y si me permite redondear la idea, debo decirle que si por alguna razón llegara a haber un conflicto más o menos grave en su familia, de ninguna manera eso podría ser imputable a Ud. y su testamento, ya que no está desplazando ni dando preferencia a nadie. Por otro lado, y como le decía hoy y perdón si soy reiterativo, es imposible evitar completamente los conflictos; sólo se puede reducir la posibilidad de que se produzcan y, llegado el caso, minimizar sus consecuencias</p>
<p>- Tiene razón. Me cierra. Nos demos más vueltas y si le parece puede ir preparando un borrador</p>
<p>- Con todo gusto, pero antes me gustaría comentar un último puntito</p>
<p>- Todavía hay más? Basta por favor! La cabeza me hace ruido. Qué falta ahora?</p>
<p>- Un temita más. Se le ocurrió pensar que quizás su familia decida vender el negocio?</p>
<p>- Qué? Por qué? Ni se me cruzó por la cabeza! Por que habrían de hacerlo?</p>
<p>- Por su reacción veo que dí en el clavo. Le explico la razón de mi pregunta: varias veces he visto en mi vida personas que se sentían condicionadas por la vida y los proyectos elegidos por sus padres. En el mundo comercial, concretamente, muchos chicos se sienten obligados a continuar el negocio del padre y muchas veces en perjuicio de sus propios proyectos. Personalmente creo que la presión, casi siempre en forma inconsciente y no muy manifiesta, que hace un padre para que un hijo siga determinada actividad es una de las principales causas de conflictos familiares. Y en el caso especial del padre ya fallecido, la cosa se agrava por la impotencia ante la imposibilidad de discutir el tema y la pesada carga que genera culpar a un muerto…</p>
<p>- Me va a volver loco! Por qué me dice todo esto?</p>
<p>- Porque, como dijo Ud. hoy al principio, le tiene un profundo cariño al negocio y seguramente eso ha sido mamado por su familia. En ese contexto, no le quepa duda que eso va a ser un factor de presión cuando su familia tenga que tomar una decisión y en ese momento, de acuerdo a mi experiencia, todos se van a poner a interpretar su voluntad. Eso es un clásico en nuestra actividad: interpretar la voluntad del muerto…como les conviene, por supuesto! Ahí aparecen el “papá no hubiera querido que vendamos el negocio” frente al “papá quería lo mejor para nosotros y hubiera aceptado que lo vendamos” y así…</p>
<p>- Y qué puedo hacer yo? Tengo que seguir resolviendo problemas después de muerto??? Falta que haya una dependencia de la AFIP en el cielo</p>
<p>- O en el infierno…</p>
<p>- Ahí tienen seguro</p>
<p>- Ja, ja, ja…muy bueno</p>
<p>- Pero, entonces, qué quiere que haga?</p>
<p>- Más que “hacer”, lo que tiene que decidir primero es que “siente”. Está de acuerdo en que su familia pueda vender libremente el negocio, sin que por ello sientan que lo traicionaron a Ud.?</p>
<p>- Y…sí. Confieso que la idea de que en ese local haya otro negocio o de que la gente del barrio compre en otra ferretería no me gusta nada, pero en definitiva es la vida de ellos. Igualmente, si entiendo bien Ud. está sugiriendo que les dé una especie de “permiso”?</p>
<p>- Podríamos llamarlo así</p>
<p>- Pero es necesario legalmente?</p>
<p>- No, pero…“pero lo que mata es el pero” me dijeron alguna vez. Si Ud. pusiera por escrito ese “permiso” como lo llama, elimina una eventual discusión sobre la venta del negocio en base a su supuesta voluntad. Eso no significa que elimina completamente la posibilidad de discusión, pero sí el principal motivo de discordia. Podrán seguir discutiendo si venden o no, pero en base a argumentos propios y concretos: porque el negocio anda bien o anda mal, etc., pero no “porque es lo que hubiera querido papá”</p>
<p>- Ajá</p>
<p>- Y al suprimir el principal motivo de discusión suprime grandes posibilidades de conflicto y con eso está mas cerca de que haya un acuerdo</p>
<p>- Bien…bien…cierra…Qué de vueltas, eh! Le puedo hacer una pregunta medio personal?</p>
<p>- Esta noche estoy ocupado</p>
<p>- Je…</p>
<p>- Lo escucho</p>
<p>- Ud. podría haberme convencido con mucho menos, por qué se ocupó tanto de mi familia?</p>
<p>- Porque me encanta lo que hago y me interesa la gente. Además quería que no sienta que perdía plata</p>
<p>- Me va a hacer llorar, doctor…</p>
<p>- Le digo la verdad?</p>
<p>- A ver…</p>
<p>- Quería seducirlo del todo para que le cuente a sus dos colegas ferreteros así puedo enganchar dos testamentos más</p>
<p>- Ahora sí. Ahí me cerró. Por un momento me asusté y pensé que me había tocado un abogado sentimental</p>
<p>- No me ofenda por favor!</p>
<p>- Ja! Bueno, doc, y disculpe la confianza, pero cuando tendrá el borrador?</p>
<p>- Deme una semanita, lo llamo y vemos como va quedando</p>
<p>- Y después, cuando esté listo, cómo sigue la cosa?</p>
<p>- Lo ideal es hacer un testamento ante un escribano, ya que su intervención no sólo quita cualquier tipo de duda, sino que luego se inscribe en un Registro de Testamentos y como el día que hagan su sucesión hay un paso obligado en el proceso que es averiguar si hay testamento en ese registro, no hay posibilidad de que no se enteren. Ah, además se firma ante tres testigos, así que vaya pensando en tres personas porque me va a tener qué pasar los datos. Esta es la forma más segura de hacer un testamento, y por supuesto, la más cara</p>
<p>- Y cuáles son las otras formas, porque para Ud. es un dato menor pero la plata es mía…</p>
<p>- Está bien. Otra forma es redactar el testamento en una hoja cualquiera, firmarlo, colocarlo en un sobre y entregárselo a un escribano en presencia de cinco testigos, para ser abierto a su fallecimiento; es un poco más barata, porque el escribano algo le va a cobrar, pero no se inscribe en ningún registro y existe alguna posibilidad de que se pase por alto en la sucesión. Y la última forma es la más simple y completamente gratis…</p>
<p>- Hubiéramos empezado por ahí…cómo es?</p>
<p>- Redacta su testamento con fecha y firma, íntegramente con su puño y letra porque si no es nulo, y lo guarda en algún lado personal y le dice a alguna persona para que lo ubique después de su muerte, o directamente se lo dá a algún amigo. La contra de esta forma es la posibilidad de que se pierda o se destruya; y aún cuando eso no ocurra, es mucho más discutible que un testamento hecho en escritura pública. Si quiere mi consejo en todo esto, considerando que yo le voy a cobrar lo mismo cualquiera sea la forma que elija, la única diferencia es el costo del escribano, que en mi opinión vale la pena pagar por la seguridad jurídica que significa</p>
<p>- Está bien. Vaya pidiéndole presupuesto a su escribano y pregúntele si me da facilidades, que de acuerdo a eso le confirmo. Por su lado, espero el llamado por el borrador, le parece?</p>
<p>- Perfecto. La semana que viene lo llamo</p>
<p>- Ok, doctor, nos vemos</p>
<p>Fui así que Jorge se retiró, con la cabeza “haciéndole ruido”, como había dicho. Se le atolondraban los pensamientos y tenía una extraña sensación con sus emociones. Si de por sí es muy molesto tener alborotada la mente o el corazón, él sentía que tenía un torbellino en los dos. No lograba tener la certeza definitiva de haber hecho lo correcto, pero sentía la seguridad de que después de esta charla nunca iba a tener esa certidumbre. Casi casi, que la única forma de tener esa certeza era ser un ignorante o no importarle nada, pero a él su familia le importaba y desde ahora ya no podía considerarse tan ignorante. No sería abogado pero con lo que había aprendido ya no podía desentenderse del tema. La conversación le había dejado un montón de interrogantes: era necesario decidir ahora quien podía conducir la ferretería? Se habría concentrado mucho en su negocio y habría olvidado prestar más atención a las vocaciones de sus hijos? Y si vendiera el negocio en vida, él que sabía cómo defenderlo y conocía el ambiente, para sacarle más provecho y evitar que los hijos se perjudicaran en el futuro? Pero en ese caso, luego que haría? Toda su vida adulta había sido la ferretería y todavía era joven. No estaría “enroscándose” demasiado? Después de todo, las intrigas se las había “inoculado” Pericles y quién era él para meterse en su vida, por más profesional que fuera? Después de todo, el abogado vivía de eso y quería convencerlo para conseguir el trabajo. Además, el tipo era muy simpático y parecía saber del tema pero cómo podía corroborarlo? Y si era una treta? Y si jugaba el papel de tipo entrador para inducir a uno a hacer un testamento y ganar dinero? Pero…y si no? Y si en algunas cosas tenía razón? Después de todo, la conversación había sido franca y abierta, no le había pedido adelanto y las conclusiones habían sido entre los dos. Había habido un “ida y vuelta”. Eso era había que reconocerlo: no respondía al viejo estereotipo de abogado del tipo “quédese callado y escuche que el que sabe soy yo”. De todos modos, éstos tipos son tan “bichos”…quizás era una nueva forma de “engrupir” a la gente. Habrán cambiado el abogado “sabelotodo” por el “macanudo”?&#8230;vaya uno a saber. En todo caso, había tiempo hasta ver como había quedado el borrador.</p>
<p>- Como le va doctor?</p>
<p>- Cómo anda Jorge, todo bien?</p>
<p>- Si, aquí andamos, viendo cómo quedó la cosa</p>
<p>- Muy bien, aquí tiene el texto. Léalo tranquilo y le corregimos lo que quiera. Le aclaro que está escrito en tercera persona porque firma el escribano como si lo hubiera redactado él. Además omití el encabezamiento, con los datos suyos, de los testigos, la ciudad, la fecha, etc. Hechas las aclaraciones, lo dejo leer</p>
<p>- Gracias. A ver…</p>
<p>“Que en pleno uso de sus facultades mentales (Ud.) manifiesta lo siguiente:</p>
<p>PRIMERO: Que realiza el presente testamento para ser aplicado sólo en el caso de que exista imposibilidad de acuerdo entre su mujer Catalina y sus hijos Gabriel y Claudia respecto a la adjudicación de los bienes que componen el acervo sucesorio y a la continuidad jurídica del fondo de comercio “El tornillo que faltaba”, debiendo aplicarse sus cláusulas solamente en dicho supuesto</p>
<p>SEGUNDO: Que es su voluntad que las personas nombradas arriben a un acuerdo, cualquiera sea las características del mismo, incluyendo la posibilidad de vender el fondo de comercio mencionado. Respecto a éste punto, manifiesta (Ud.) que el cariño que tuviera en vida por el negocio citado de ningún modo debe constituír un obstáculo o una presión en ningún sentido sobre sus herederos, siendo firme intención y profundo deseo del deponente que cada uno de sus herederos haga su vida sin sentir obligación alguna para con el fondo de comercio. Por ello, la venta de dicho fondo en ningún caso significará una ofensa a la memoria o los deseos del deponente.</p>
<p>TERCERO: Para el único caso en que exista total imposibilidad de acuerdo entre los herederos citados, dispone que la parte que le corresponda a su hijo Gabriel se compute íntegramente sobre el fondo de comercio, debiendo interpretarse la presente cláusula en el sentido de que su hijo pueda administrar completa y libremente dicho fondo de comercio, a fin de evitar cuestionamientos que pongan en riesgo su continuidad jurídica y comercial.</p>
<p>CUARTO: Para el caso de que, como consecuencia de la adjudicación de la cláusula anterior, existan diferencias económicas a favor de su mujer e hija o de su hijo, expresa su voluntad de que las partes encuentren mecanismos de compensación que no resulten antieconómicos ni dificulten las posibilidades de pago voluntario. Especialmente, expresa su voluntad de que las partes negocien las diferencias evitando acciones judiciales de cualquier naturaleza sobre el inmueble o sobre el fondo de comercio.</p>
<p>En caso de resultar un saldo a favor de Catalina y Claudia, de no resultar posible el pago del mismo al contado y de no existir acuerdo al respecto, las mencionadas deberán aceptar que Gabriel les abone dicho saldo en cuotas mensuales que no perturben el normal giro comercial del establecimiento.</p>
<p>En caso de resultar un saldo a favor de Gabriel y de no resultar posible el pago del mismo al contado y de no existir acuerdo al respecto, el mencionado deberá aceptar que Catalina y Claudia le abonen dicho saldo en cuotas mensuales que no afecten la estabilidad habitacional de su esposa ni eventualmente los estudios de su hija Claudia</p>
<p>QUINTO: Para la tasación del fondo de comercio en virtud de lo dispuesto por la cláusula tercera, designa a los Sres. Carlos Pérez y Juan García, por ser ambos amigos y colegas del deponente, conocedores del rubro y merecedores de su mayor confianza.”</p>
<p>-…en líneas generales está bien…tengo un par de preguntas…</p>
<p>- Las que quiera</p>
<p>- La cláusula cuarta, en la que les impongo el pago de cuotas, no es un poco rara? Tiene valor jurídico?</p>
<p>- Si y si. Sí es rara y sí tiene valor jurídico. En Derecho hay un principio universal que dice “quien puede lo más puede lo menos”; por ejemplo, el que puede vender “con más razón” puede alquilar, se entiende?</p>
<p>- Clarito, pero acá cómo juega?</p>
<p>- En este caso Ud. hubiera podido dejarles por testamento un parte adicional a cualquiera de sus herederos, lo que hubiera significado, como contracara, imponerle a los demás la pérdida de una parte, me sigue?</p>
<p>- Si…</p>
<p>- …con lo cual, si Ud. puede imponerle a un heredero que reciba ochenta en lugar de cien, con más razón puede imponerle que reciba ochenta y veinte en cuotas</p>
<p>- Ahhh…bien</p>
<p>- Si bien en éste caso no sabemos los porcentajes exactos, el margen de discusión que pudiera haber es muy menor</p>
<p>- Perfecto. Aclarada una. Otra: en la misma cláusula cuarta, en la parte que dice que no se debe afectar la  “estabilidad habitacional” de mi mujer, no es medio confuso? A ver si después le dicen que la estabilidad está garantizada en otro departamento más chico? Mi idea es que se quede en el mismo</p>
<p>- Ah, está bien. Tiene razón. Vio cómo enseguida empieza a jugar con las palabras Ud. también?</p>
<p>- En serio, eh…no me reconozco</p>
<p>- Pero está muy bien. Entonces cambiamos y dónde dice “que no afecten la estabilidad habitacional de su esposa” ponemos “que no impidan a su esposa continuar viviendo en el departamento mencionado”, le parece?</p>
<p>- Perfecto</p>
<p>- Algo más?</p>
<p>- Una última, si no le molesta&#8230;</p>
<p>- Para nada hombre, las que quiera. Es su patrimonio y su familia…</p>
<p>- Una pavadita, pero en la última cláusula, en la que designo a mis colegas para la tasación, no es mejor aclarar que es para el caso de falta de acuerdo? Porque quizás lo tasan entre ellos o conocen otra persona y se arreglan, no?</p>
<p>- Está bien. No hay problema. Lo agregamos entonces y quedaría: “Para la tasación del fondo de comercio en virtud de lo dispuesto por la cláusula tercera, “a falta de acuerdo entre sus herederos”, designa a…”</p>
<p>- Perfecto. Me puedo sacar una última duda?</p>
<p>- Cómo no?</p>
<p>- Dos en realidad, muy tontas, casi de estilo, pero no es un texto poco técnico? Noté que se repite la palabra “herederos” y no vi ningún artículo ni ningún latinazgo…me parece raro, no se lo tome a mal</p>
<p>- No, para nada. En realidad, como dijo Ud. son cuestiones de estilo, pero en Derecho lo importante es lo que se dice y con qué palabras se lo dice, para evitar confusiones a la hora de interpretarlo. Por eso la precisión desplaza la estética y si hay que poner la misma palabra tres veces en un renglón se hace. No vaya a ser cosa que por buscar sinónimos para escribir lindo le erramos y después terminamos discutiendo en un juicio. Por eso en los contratos de alquiler se usa permanentemente las palabras “locador” y “locatario” sin ningún problema. Por otro lado, mientras los sinónimos sean exactos, no hay problemas, y ya que estoy con el ejemplo del contrato de alquiler, si Ud. pone “inquilino” en lugar de “locatario” o “garante” en lugar de “fiador” es exactamente lo mismo…</p>
<p>- Entiendo…</p>
<p>- ..y no es necesario poner los números de artículos; a veces lo hacemos para abreviar el texto, porque con un número expresamos el concepto, pero no es obligatorio. Ya que estamos con esto, le cuento una novedad?</p>
<p>- A ver…</p>
<p>- Los latinazgos se usan cada vez menos. Es una creencia de la gente, pero en los contratos y escritos privados casi no existen más y en los escritos judiciales los abogados los usamos cada vez menos. A algunos abogados de la vieja escuela no les gusta, pero en mi opinión, las redacciones jurídicas pueden ser mucho menos técnicas sin perder su significado jurídico, pero…como dijo Ud….cuestión de estilos</p>
<p>- Muy bien…bueno doctor, le dejo los datos de los testigos, combine con el escribano y nos vemos, le parece?</p>
<p>- Bárbaro…nos vemos entonces</p>
<p>Y se fue Jorge, pero esta vez la cabeza no le hacía tanto ruido. Y en todo caso, era un ruido más apacible. El de haberse ocupado de lo verdaderamente importante y sentir que había resuelto un aspecto clave de su vida y de sus seres queridos. Sabía que su familia no le fallaría y llegaría a un acuerdo. Y el testamento no sería necesario y lo peor que podía pasar era que se desorienten un poco “Por qué se la habrá dado a papá hace todo este lío?” “Qué enroscado!” pensarían y Jorge esbozaba una sonrisa. Sabía que “enroscado” o no, se había ocupado de los suyos y ellos lo entenderían. Además, cuando leyeran los mecanismos que puso en caso de desacuerdo seguramente apreciarían la ecuanimidad que tuvo y coincidirían en que no perjudicó a nadie. Y cuando leyeran el “permiso” para vender…ja! Los haría emocionar después de muerto. “Qué grande papi!” “Cómo pensó en nosotros!” “Que gesto hermoso”. Se sentía un poco soberbio por disfrutar de antemano, pero sentía que haber hecho lo correcto le daba derecho a disfrutar un poco de su egoísmo.Y también de recurrir a su memoria selectiva para olvidar que ese gesto en realidad había sido idea del abogado…Detalles. La historia simplifica! Y ya que estaba chapoteando en el barro de su narcisismo, se puso a pensar cuanto mejor esposo y padre había sido que la mayoría de sus conocidos, ninguno de los cuales había dejado las cosas ordenadas como él. Y pensar que todo gracias a una conversación casual. Y pensar que antes no sabía nada de todo esto. Y de alguna manera, no podía dejar de reconocer que cuando no sabía era un poco más feliz, pero esos tiempos ya no volverían. “Yo pensaba que la ignorancia esclavizaba y quedé preso del conocimiento” reflexionó, casi filosofando consigo mismo, tras lo cual sonrío y se preguntó si no le faltaría un tornillo. Justo a él….</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/300/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/300/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=300&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/03/30/%c2%bfa-jorge-le-falta-un-tornillo/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>7</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
		<item>
		<title>Japón, Argentina y las falsas riquezas naturales…</title>
		<link>http://ramirorech.wordpress.com/2011/03/13/japon-argentina-y-las-falsas-riquezas-naturales%e2%80%a6/</link>
		<comments>http://ramirorech.wordpress.com/2011/03/13/japon-argentina-y-las-falsas-riquezas-naturales%e2%80%a6/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 13 Mar 2011 03:54:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>ramirorech</dc:creator>
				<category><![CDATA[Interés General]]></category>
		<category><![CDATA[Políticos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://ramirorech.wordpress.com/?p=297</guid>
		<description><![CDATA[La tremenda tragedia que está viviendo Japón ha vuelto a atraer la atención hacia ese país y en éstas desgraciadas horas pueden apreciarse, con las limitaciones lógicas de la situación, su imponente poderío económico, su poderosa tecnología, su gran organización y su infernal ritmo de trabajo, entre otras cosas. ¿Y por qué lo mezclo con [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=297&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La tremenda tragedia que está viviendo Japón ha vuelto a atraer la atención hacia ese país y en éstas desgraciadas horas pueden apreciarse, con las limitaciones lógicas de la situación, su imponente poderío económico, su poderosa tecnología, su gran organización y su infernal ritmo de trabajo, entre otras cosas.</p>
<p><em>¿Y por qué lo mezclo con Argentina en este artículo?</em></p>
<p>Porque me vino a la memoria una ingeniosa clasificación de un economista que hace unos años dividió a los países en: desarrollados, subdesarrollados, Argentina y Japón.</p>
<p>Es decir, nuestro país y Japón eran inclasificables y merecían ser categorías autónomas, obviamente por razones inversas.</p>
<p>Veamos&#8230;</p>
<p><span id="more-297"></span></p>
<p>Ellos tuvieron varias guerras con dos bombas atómicas incluídas y no parecían caerles simpáticos a la Naturaleza, que los privaba de recursos y cada tanto los castigaba ferozmente, como ahora. A pesar de ello llegaron a ser la segunda economía del mundo (hace poco China y sus falsos números dicen haberlos desplazado, pero aunque así sea siguen siendo los terceros cómodos, lejos de Alemania).</p>
<p>Mientras tanto, nosotros nunca tuvimos guerras de la magnitud que afrontaron ellos y parecíamos los hijos preferidos de la Madre Naturaleza, que nos malcriaba con recursos naturales que cualquiera envidiaría. A pesar de ello llegamos a ser lo que todos sabemos que llegamos a ser.</p>
<p><em>¿Por qué?</em></p>
<p><strong>Porque estamos convencidos de que somos ricos porque tenemos recursos naturales y eso</strong><em> -perdón si ofendo a alguien-</em><strong> <span style="text-decoration:underline;">es absolutamente falso</span>.</strong></p>
<p>Dicho de otro modo, <span style="text-decoration:underline;">los recursos naturales no tienen nada que ver con el desarrollo de un país.</span></p>
<p>Este concepto puede resultar extraño y hasta chocante pero el mundo lo tiene claro hace varias décadas, aunque nosotros sigamos escuchando y diciendo que <strong><em>“somos un país rico”.</em></strong></p>
<p>La economía suele dividirse en sectores, de los cuales el menos importante es el de la economía vinculada a los recursos naturales (agricultura, ganadería, pesca, minería), mientras que los más importantes tiene que ver con los servicios y el comercio y, más importantes aún, los de investigación y desarrollo, es decir, los inventos, descubrimientos e innovación en general.</p>
<p>Mientras los países desarrollados patentan miles de inventos por año nosotros seguimos jactándonos de la birome, el colectivo y el dulce de leche <em>(todos discutibles, dicho sea de paso).</em></p>
<p>Casi ninguna de las empresas más grandes del mundo se dedica a los recursos naturales (las muy pocas excepciones son petroleras) y la mayoría se dedica a <strong>“cosas que no se pueden tocar”</strong> <em>(servicios de todo tipo, informática, biotecnología, telecomunicaciones, finanzas, salud, seguros, etc.).</em></p>
<p>La mayoría de las potencias económicas del mundo no tienen recursos naturales <em>(quizás la única excepción sea Estados Unidos, aunque su poderío tiene muy poco que ver con su naturaleza).</em></p>
<p>Pensar que a un país le va a ir bien porque tiene recursos naturales es tan absurdo como pensar que a una persona le va a ir bien por la misma razón: si alguien tiene condiciones naturales y tiene la suerte de ser inteligente, memorioso, fuerte, resistente, etc. indudablemente arranca con ventaja pero si después no estudia ni trabaja ni se prepara ni es responsable, lógicamente va a fracasar.</p>
<p>De hecho, alguna vez el Banco Mundial hizo un estudio sobre la riqueza de las naciones preguntando cuales eran las cosas que hacían rico a un país y los recursos naturales representaron solamente entre el 1 y el 3%.</p>
<p>Entonces, <em>¿qué hace rico a un país si no son los recursos naturales?</em></p>
<p>El Estado de Derecho, es decir, una Justicia independiente, el respeto a los contratos, el derecho de propiedad, libertad para invertir, previsibilidad jurídica, estabilidad monetaria, gobierno que no se metan en la actividad privada, dirigentes democráticos y sujetos a controles, etc.</p>
<p>Si ustedes fueran empresarios o inversores y tuvieran que decidir en qué país iniciar un emprendimiento, ¿en qué se fijarían para elegir?</p>
<p>¿En qué el clima sea lindo, la tierra sea fértil y haya mucho mar?</p>
<p>¿O en qué los impuestos no sean confiscatorios, los créditos no sean usurarios, la moneda sea estable, los contratos se cumplan, la Justicia sea rápida, el derecho de propiedad se respete y el gobierno no nos diga una cosa un día y otra al día siguiente?  </p>
<p>El otro gran factor que explica la riqueza de una nación: la educación.</p>
<p>Es muy claro que la mayoría de las empresas necesita gente muy preparada para poder desarrollar nuevos servicios y productos y esa gente se encuentra en países que priorizan la formación, impulsan y protegen el estudio universitario y promueven la asociación entre la educación privada y el sector privado.</p>
<p>Los japoneses lo han aprendido, no sé si por las buenas o por las malas, pero ellos son potencia porque piensan, investigan, inventan, descubren, trabajan, se educan y mejoran.</p>
<p>Se abren al mundo y compiten libremente. Se “bancan” venderle autos a los americanos en su propia casa (hoy hay en EEUU más autos japoneses que estadounidenses) pero también se “bancan” que vengan americanos, chinos y compañía a invertir en su país.</p>
<p>Un ida y vuelta que los exige y los hace estudiar y trabajar mucho pero, a no dudarlo, los ha beneficiado enormemente.</p>
<p>¿No tienen soja?</p>
<p>No importa… saben generar el dinero para comprarla.</p>
<p><em>¿Y nosotros?</em></p>
<p>Cambiamos de moneda cada tanto, ignoramos la inflación, tardamos años en cobrar un cheque sin fondos o en desalojar un intruso, generamos una industria del juicio laboral, achicamos el crédito con condiciones absurdas y cuando lo concedemos cobramos intereses inmorales, expropiamos ganancias con impuestos delirantes, les imponemos a los privados cupos, cuotas, aranceles y paraaranceles que cambiamos cuando queremos y sin razón alguna, echamos las inversiones extranjeras para proteger “la industria” <em>(leáse “el industrial”)</em> y porque somos “patriotas”, aunque ello signifique obligar a millones de “compatriotas” a pagar más caro y mil etcéteras más.</p>
<p><span style="text-decoration:underline;">Algo es muy claro:</span> <strong><em>lo que hace que un país sea Japón o Argentina no tiene nada que ver con los recursos naturales.</em></strong></p>
<p>Terminaría el artículo aquí pero quiero aprovechar para expresar mis sentidas condolencias por la tragedia japonesa, deseando de todo corazón que un pueblo admirable en muchos sentidos vuelva a demostrarnos su conmovedora capacidad de reconstrucción.</p>
<p>Ahora sí, hasta la próxima…</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/ramirorech.wordpress.com/297/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/ramirorech.wordpress.com/297/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=ramirorech.wordpress.com&amp;blog=11741818&amp;post=297&amp;subd=ramirorech&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://ramirorech.wordpress.com/2011/03/13/japon-argentina-y-las-falsas-riquezas-naturales%e2%80%a6/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>11</slash:comments>
	
		<media:content url="" medium="image">
			<media:title type="html">ramirorech</media:title>
		</media:content>
	</item>
	</channel>
</rss>
